A partir del 1 de febrero de 2026, la Pensión Garantizada Universal (PGU) registrará un nuevo aumento en sus montos, informó la Superintendencia de Pensiones. El ajuste responde a la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) acumulado entre enero y diciembre de 2025, que experimentó un crecimiento positivo, tal como lo establece la normativa vigente.
¿A cuánto llegará la PGU?
Según los datos oficiales, el monto de la PGU para los beneficiarios menores de 82 años subirá de $224.004 a $231.732 mensuales, lo que representa un incremento de 3,45% respecto al nivel anterior. En tanto, los pensionados de 82 años o más, que desde septiembre de 2025 ya recibían un monto máximo de $250.000, verán ese valor reajustado ligeramente a $250.275 a partir de febrero.
El ajuste periódico de la PGU se encuentra establecido en la Ley N° 21.419, que ordena la actualización de este beneficio cada 1 de febrero, siempre que la inflación del año anterior sea positiva. Esto busca mantener el poder adquisitivo de los adultos mayores frente al alza de precios en bienes y servicios.
¿En qué consiste la PGU?
La PGU es un beneficio estatal que entrega un complemento a las pensiones más bajas, dirigido a personas de 65 años o más que no se encuentren en el 10% de mayores ingresos del país y que cumplan con los requisitos legales.
Requisitos
- Tener 65 años cumplidos para acceder al beneficio. Sin embargo, para facilitar la solicitud puedes ingresarla a partir de los 64 años y 9 meses de edad.
- Su grupo familiar no integre el 10 % más rico de la población, lo que se acredita mediante el Puntaje de Focalización Previsional, que considera algunos datos del Registro Social de Hogares (RSH), además de información relacionada con los ingresos y necesidades del grupo familiar y de los y las postulantes.
- Acreditar residencia en territorio chileno con el certificado de viajes que entrega la PDI, cumpliendo simultáneamente las siguientes condiciones:
- Un período no inferior a 20 años continuos o discontinuos, desde que cumpliste 20 años de edad.
- Un período no inferior a cuatro años de residencia en los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de la solicitud del beneficio.
- Tener una pensión base igual o menor a $1.210.828, conformada por la suma de la Pensión Autofinanciada (PAFE), que calcula la AFP, junto a las demás pensiones de sobrevivencia, accidentes del trabajo y del sistema antiguo de pensiones que estés percibiendo.
