La Corte de Apelaciones de Santiago determinó sancionar disciplinariamente a la jueza Irene Rodríguez luego de establecer que incurrió en faltas administrativas en el proceso que permitió la liberación de Alberto Carlos Mejía, imputado por el asesinato del denominado “Rey de Meiggs”. La resolución aplicó una censura por escrito, una medida considerada menor en relación con la sanción inicialmente propuesta en el marco del sumario.
De acuerdo con los antecedentes, la sanción original contemplaba un mes de suspensión con medio sueldo, opción que finalmente fue descartada por el tribunal de alzada tras analizar las responsabilidades involucradas.
Errores detectados en la tramitación judicial
La investigación administrativa estableció la existencia de una cadena de errores que derivó en la liberación del imputado. Entre los hechos acreditados, se consignó una falla técnica atribuida a una funcionaria del tribunal, así como la falta de revisión de la resolución por parte de la jueza Irene Rodríguez.
Ambos involucrados recibieron sanciones disciplinarias, conforme a lo resuelto por la Corte. Tanto la magistrada como la funcionaria tienen la posibilidad de recurrir ante la Corte Suprema, instancia que podría revisar la legalidad y proporcionalidad de las medidas adoptadas.
El caso de Alberto Carlos Mejía y su liberación
Alberto Carlos Mejía es conocido públicamente por su vinculación con el asesinato del “Rey de Meiggs” y figura como imputado por homicidio, además de ser sindicado como sicario. Su liberación generó cuestionamientos respecto del funcionamiento de los controles internos del sistema judicial y penitenciario, lo que motivó la apertura del sumario administrativo.
La resolución de la Corte apunta a que la liberación se produjo en un contexto de errores administrativos acumulados, sin que existiera una revisión exhaustiva de los antecedentes judiciales vigentes al momento de ejecutar la orden.
Cuestionamientos al actuar de Gendarmería
En su fallo, la Corte de Apelaciones también cuestionó el procedimiento seguido por Gendarmería, institución que ejecutó la orden de libertad sin cotejarla con una orden de ingreso posterior y válida. A juicio del tribunal, una verificación más rigurosa de la documentación judicial y una mejor comunicación interinstitucional habrían permitido detectar la inconsistencia y evitar la salida del imputado.
El pronunciamiento del tribunal subraya la necesidad de reforzar los mecanismos de control y coordinación entre el Poder Judicial y Gendarmería, con el fin de prevenir situaciones similares en el futuro.
