Cuando las deudas comienzan a agobiar y ya nada parece tener solución, hay una salida legal que permite a las personas declararse en quiebra, la que de acuerdo con cifras de la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir), fue utilizada por 6.795 personas entre enero y diciembre de 2025, es decir, hubo un aumento de casi un 31%, frente al mismo periodo de 2024.
La cifra de quienes se han beneficiado de la normativa ha ido en constante aumento, ya que en 2024 hubo 4.708 personas que accedieron a la quiebra, mientras que en 2023 fueron 2.329.
En ese sentido, la quiebra personal -también conocida como liquidación voluntaria- se ha transformado en una alternativa real y definitiva para personas y empresas que enfrentan un sobreendeudamiento crítico.
Regulada por la Ley 20.720, este procedimiento permite eliminar la totalidad de las deudas y comenzar desde cero, a cambio de la entrega de los bienes embargables del deudor, proceso que puede resolverse en un plazo muchas veces inferior a 12 meses.
“Este mecanismo no es una renegociación ni un acuerdo para pagar menos, sino una solución de fondo que permite dejar las deudas en cero, sin importar el monto adeudado”, explicó al respecto Eduardo Lara, abogado del departamento Asistencia Deudores del estudio jurídico Alfaro y Madariaga.
“Cuando una persona ya no puede cumplir con sus compromisos financieros y la carga se vuelve insostenible, la liquidación voluntaria es la única herramienta que la ley chilena ofrece para recuperar la tranquilidad financiera de manera definitiva”, señaló el especialista.
¿Se puede acceder a la quiebra sin tener bienes embargables?
Entre sus principales beneficios está que, una vez emitida la Resolución de Liquidación, el afectado queda protegido frente a nuevas acciones judiciales.
“Desde ese momento no te pueden demandar, y todos los juicios existentes se acumulan en un solo procedimiento. Además, el deudor deja de tener contacto directo con los acreedores, ya que es representado por un liquidador designado por el Estado”, indicó Lara.
Otro punto clave es la eliminación de los registros comerciales negativos. “Al término del proceso -e incluso antes- el nombre de la persona se elimina de Dicom y del Boletín Comercial, lo que permite volver a integrarse al sistema financiero”, aseguró.
Una de las dudas más frecuentes es si el procedimiento puede realizarse sin contar con bienes embargables. Según el abogado de Asistencia Deudores, la respuesta es afirmativa. “La ley permite expresamente iniciar una liquidación voluntaria aunque no se tengan bienes. Sin perjuicio de ello, siempre recomendamos aportar algo, aunque sea mínimo, y que sea coherente con la realidad habitacional y económica del deudor”, sostuvo el profesional.
Finalmente, el especialista recalcó que la quiebra personal es una herramienta legal, regulada y transparente. “No es un invento ni una fórmula informal. Es un procedimiento establecido por ley que elimina las deudas, detiene el acoso de los acreedores y permite empezar de nuevo, todo en un plazo muchas veces menor a 12 meses”, concluyó.
