El Servicio Electoral (Servel) informó la disolución oficial de 13 colectividades políticas, tras concluir el proceso de calificación de la elección de diputados y diputadas 2025, realizado por el Tribunal Calificador de Elecciones (Tricel).
La decisión fue adoptada por el consejo directivo del organismo el pasado 5 de febrero y las resoluciones fueron publicadas este jueves 12 de febrero en el sitio web institucional.
Base legal de la disolución de partidos políticos
Según detalló el Servel, la medida se ejecuta en cumplimiento de lo establecido en los artículos 56 N°2 y 57 de la Ley N° 18.603 Orgánica Constitucional de los Partidos Políticos.
La normativa vigente señala que un partido político se disuelve si no alcanza el 5% de los sufragios válidamente emitidos en la última elección de diputados, ya sea en al menos ocho regiones del país o en tres regiones geográficamente contiguas.
Asimismo, la ley establece que las colectividades que no alcancen ese porcentaje pueden mantener su calidad de partido si logran elegir un mínimo de cuatro parlamentarios, ya sean diputados o senadores, en el mismo proceso electoral.
Partidos políticos disueltos por el Servel
Tras la aplicación de estos criterios legales, el Servel notificó la disolución de las siguientes colectividades:
Partido Radical de Chile
Partido Evolución Política
Partido Federación Regionalista Verde Social
Partido Igualdad
Partido Popular
Partido Social Cristiano
Partido de los Trabajadores Revolucionarios
Partido Humanista
Partido Alianza Verde Popular
Partido Demócratas Chile
Partido Movimiento Amarillos por Chile
Partido Ecologista Verde
Partido Acción Humanista
Estas colectividades no alcanzaron los umbrales mínimos de votación o representación parlamentaria exigidos por la legislación vigente.
Publicación oficial y consulta de resoluciones
El organismo electoral indicó que las resoluciones que ordenan la disolución fueron publicadas oficialmente el 12 de febrero y se encuentran disponibles para consulta pública en el portal institucional del Servel.
Con esta determinación, las colectividades mencionadas pierden su existencia legal como partidos políticos, conforme a lo establecido en la legislación chilena tras la última elección parlamentaria.
