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¿Y eso fue todo?: Corte Suprema libera al retail de usar prefijos 600 y 809 en llamadas de cobranza

El máximo tribunal acogió un recurso presentado por el retail financiero y dejó sin efecto una instrucción de la Subtel que obligaba a identificar este tipo de llamadas con prefijos especiales.

Este miércoles comienza a operar la nueva normativa de prefijos únicos
(Subtel)

La Corte Suprema resolvió dejar sin efecto la obligación de utilizar los prefijos telefónicos 600 y 809 en las llamadas de cobranza realizadas por empresas del retail financiero, tras acoger un recurso presentado por el gremio del sector.

El fallo del máximo tribunal representa un revés para la Subsecretaría de Telecomunicaciones (Subtel), que había establecido esta medida como parte de una estrategia para identificar llamadas masivas o comerciales y así facilitar que los usuarios reconocieran posibles comunicaciones no deseadas.

Lo que manifiesta el fallo

El fallo de la Tercera Sala señala que “se deja sin efecto el Oficio N°11.269/2025 de la recurrida, declarándose que la cobranza extrajudicial ejercida por la industria del retail no queda sujeta a lo dispuesto en la Resolución Exenta N°286 publicada el 13 de febrero de 2025 de la Subtel”.

La normativa buscaba que las empresas utilizaran prefijos específicos en sus comunicaciones telefónicas. De esa forma, las personas podrían saber de antemano si se trataba de una llamada comercial, publicitaria o masiva, lo que también permitía bloquear o evitar ese tipo de contactos con mayor facilidad.


Sin embargo, la Asociación Gremial de la Industria del Retail Financiero presentó un recurso de amparo económico argumentando que las gestiones de cobranza extrajudicial no correspondían a comunicaciones comerciales masivas, sino a contactos dirigidos a clientes específicos para recordar el cumplimiento de obligaciones financieras.

En primera instancia, la Corte de Apelaciones había rechazado la acción presentada por el gremio. No obstante, la Tercera Sala de la Corte Suprema revirtió esa decisión y acogió el recurso, dejando sin efecto el oficio emitido por la Subtel.

Con esta resolución, el tribunal determinó que la autoridad administrativa excedió sus atribuciones al incluir este tipo de llamadas dentro de las comunicaciones que debían identificarse con prefijos especiales.

El fallo podría tener implicancias más amplias, ya que abre la posibilidad de que otras industrias que realizan gestiones de cobranza también soliciten quedar excluidas de la normativa sobre prefijos telefónicos.

La decisión generó debate político y legislativo. De hecho, algunos parlamentarios anunciaron que impulsarán proyectos de ley para restablecer la obligación de utilizar prefijos en este tipo de comunicaciones, argumentando que la medida ayudaba a proteger a los consumidores frente a llamadas insistentes o potencialmente engañosas.

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