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Justicia rechaza demanda contra el Estado por daños en el estallido social

Tribunal descartó falta de servicio tras acción presentada por 35 locatarios del sector Plaza Baquedano. El CDE valoró la resolución.

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El Consejo de Defensa del Estado (CDE) valoró la sentencia del Séptimo Juzgado Civil de Santiago, que rechazó en su totalidad la demanda presentada por 35 locatarios de la galería del Hotel Crown Plaza contra el Estado de Chile, en el marco de los daños sufridos durante el estallido social.

La acción judicial apuntaba a una presunta falta de servicio por parte del Estado, acusando que no se brindó la protección necesaria frente a hechos de vandalismo, saqueos, amenazas y destrucción que afectaron sus locales tras el 18 de octubre de 2019, lo que —según argumentaron— les impidió trabajar o arrendar sus espacios, obligándolos además a asumir los costos derivados de esa situación.

Sin embargo, el tribunal concluyó que “no resulta posible atribuir al Estado una falta de servicio por las lamentables pérdidas sufridas por los actores”, considerando la magnitud de la crisis. En ese sentido, sostuvo que frente a un escenario como el del estallido social —con más de 19 mil eventos de violencia a nivel nacional— la obligación estatal de resguardar el orden público debe entenderse como “una obligación de medios y no de resultado”.

La resolución también señala que, dadas las condiciones de “inusitada agresividad” y la extensión territorial de los incidentes, la autoridad enfrentó una situación de “contingencia extrema”, lo que hacía materialmente imposible evitar cada acto vandálico.


En esa línea, el fallo indica que no existía un modelo de actuación capaz de neutralizar completamente estos hechos, considerando las capacidades reales de la fuerza pública en ese momento. Por ello, se determinó que la actuación estatal se ajustó a los estándares exigibles en un contexto de emergencia.

De esta forma, el tribunal concluyó que no se configura la falta de servicio necesaria para comprometer la responsabilidad patrimonial del Estado por los daños denunciados, cerrando así la demanda presentada por los locatarios.

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