Desde principios del mes de mayo, la Región Metropolitana aplica el calendario de restricción vehicular con el fin de reducir los índices de contaminación.
Esta normativa obliga a los propietarios de vehículos motorizados a limitar sus desplazamientos diarios según el último dígito de su placa patente.
Dígitos de restricción vehicular para este viernes 29 de mayo
Para la jornada de este viernes, el calendario oficial establece que los automóviles, station wagons y vehículos similares que cuenten con sello verde y cuyas patentes terminen en 6-7 no podrán circular por las zonas delimitadas.
En el caso de los vehículos que no cuentan con el distintivo ambiental (sin sello verde), la medida es más estricta. La restricción aplica para las patentes que finalicen en los dígitos 2-3-4-5.
Asimismo, las motocicletas que hayan sido inscritas en el registro antes del 1 de septiembre de 2010 también deben cumplir con la prohibición si sus placas terminan en 6-7.
Prohibición absoluta en el anillo Américo Vespucio
Es fundamental que los conductores consideren el área de aplicación de la medida. Esta rige de lunes a viernes, exceptuando festivos, dentro de la provincia de Santiago y las comunas periféricas de San Bernardo y Puente Alto.
Una regla específica afecta a los vehículos de modelos antiguos o sin catalizador. Según las autoridades, para los vehículos sin sello verde, existe una “prohibición absoluta para circular” dentro del perímetro delimitado por el anillo Américo Vespucio, medida que se aplica de manera independiente al último dígito de la placa patente.
Multas y fiscalización de la restricción en la Región Metropolitana
El cumplimiento de la restricción vehicular es monitoreado por un despliegue conjunto de Carabineros, inspectores del Ministerio de Transportes y una red estratégica de cámaras de televigilancia.
Quienes decidan transitar a pesar de la prohibición enfrentan sanciones económicas considerables. Las multas por infringir esta ley de tránsito van “desde 1 a 1,5 UTM ($70.588 y 105.882)”.
Cabe recordar que el valor de la UTM para este periodo se sitúa en 70.588.
Excepciones por salud y trámites de exención
Existen casos específicos donde los vehículos pueden quedar exentos de cumplir con el calendario. Aquellos automóviles utilizados para el traslado de personas con discapacidad, enfermedades crónicas o con Trastorno del Espectro Autista (TEA) pueden solicitar la liberación de la medida.
Para que la exención sea válida, se debe contar con una “credencial o certificado médico que acredite la condición” y obtener una autorización previa de la Seremi de Transportes. Las personas naturales pueden realizar este trámite de manera digital a través del sitio oficial de Subtrans, mientras que las personas jurídicas deben gestionar la solicitud vía correo electrónico institucional.
