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¿Te pueden revisar la mochila para quitarte el celular? La ley lo prohíbe y podría derivar en denuncias

La normativa que restringe el uso de celulares en establecimientos educacionales no autoriza el registro de mochilas ni vestimenta de estudiantes.

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Ante la implementación de medidas que limitan el uso de teléfonos móviles en colegios, ha surgido una duda recurrente entre estudiantes y apoderados: si un inspector, docente o directivo puede revisar mochilas o bolsillos para retirar un dispositivo. Desde el marco normativo vigente, la respuesta es clara: no está permitido realizar registros físicos de pertenencias personales.

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Si bien los establecimientos pueden fijar reglas internas para exigir que el celular permanezca guardado o habilitar espacios de resguardo durante la jornada, no cuentan con facultades para revisar vestimenta ni objetos personales. Esa práctica vulnera el derecho a la vida privada, la honra, la dignidad y la protección de datos personales de niños, niñas y adolescentes.

Así lo establece expresamente la Resolución Exenta N°181, en su apartado 2.2 de la dimensión práctica, basándose en el artículo 33 de la Ley de Garantías y Protección Integral de los Derechos de la Niñez. El documento advierte que el registro de mochilas o pertenencias puede constituir un trato vejatorio o degradante e incluso ocasionar un perjuicio psicológico.


En ese contexto, un establecimiento que incurra en este tipo de acciones podría enfrentar una denuncia ante la Superintendencia de Educación y la apertura de un procedimiento administrativo por vulneración de derechos. La normativa es clara en delimitar las atribuciones disciplinarias de los colegios.

Actualmente, diversos establecimientos están actualizando sus reglamentos internos para adecuarlos a la regulación sobre celulares. Sin embargo, especialistas advierten que existe confusión al diferenciar entre exigir que el teléfono esté guardado, solicitar su entrega voluntaria o realizar un registro físico, lo que ha generado inquietud en comunidades escolares.

“Regular el uso del celular es válido y está dentro de las atribuciones del colegio, pero revisar mochilas o vestimenta no lo está. La normativa es explícita en proteger la esfera privada del estudiante y cualquier registro cruza ese límite”, señala María Jesús Forteza, docente y gestora de contenidos de Ziemax.

La experta agrega que el desafío es abordar la convivencia escolar desde una perspectiva formativa. “Si un establecimiento decide registrar pertenencias, no solo arriesga una denuncia, también puede generar un daño emocional innecesario. La disciplina no puede ejercerse vulnerando derechos fundamentales”, advierte.

En este escenario, los apoderados también pueden solicitar la revisión de reglamentos internos si consideran que las medidas adoptadas exceden lo permitido por la ley. La restricción del uso del celular en clases es legal, pero no habilita prácticas invasivas. El límite está fijado: regular sí, registrar no.

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