Luego que el Gobierno adelantara intempestivamente la entrada en vigencia de la norma de emisiones Euro 6c al 30 de septiembre de 2024, a través del Decreto Exento 149/2023 del Min. Energía publicado el 21 de julio, la Asociación Nacional Automotriz de Chile (ANAC A.G.) aclara que esta acción es antijurídica, perjudica la reputación internacional de Chile como actor destacado del comercio internacional y daña sensiblemente a los compradores de automóviles, furgones comerciales, vehículos de trabajo, camionetas y demás vehículos livianos.
Cabe destacar que recién en marzo de este año comenzó a regir en Chile el programa Euro 6b que de por sí es una mejora significativa en la reducción de emisiones, siendo pionero en su implementación en la región. De mantenerse este cambio en la norma, a partir de septiembre de 2024 no habrá disponibilidad de cerca del 100% de las camionetas ni vehículos comerciales nuevos disponibles hoy a la venta en el país.
Además, se verá afectada la existencia de en torno al 80% del total de vehículos nuevos livianos y medianos, esto es, automóviles de pasajeros, SUV y station wagon.
Como efecto adicional, los precios de los vehículos nuevos podrían subir en al menos un 20% solo por concepto de la mayor complejidad tecnológica, motorización y poca disponibilidad de productos a nivel mundial, en una industria que sigue estando afectada y en que la normalización de las cadenas de suministro ha costado más que en otros mercados.
A eso hay que sumarle el mayor costo que implicará el hacerse cargo de las multas de eficiencia energética, que se incrementarán aún más por el cambio de norma. ANAC ha estimado que el monto promedio de multas rondaría los USD 120 millones anuales, adicionales al impuesto verde y al mayor valor del producto automotriz.
Y cabe preguntarse -también- quién asumirá los US$154 millones de inversión que se necesitan para contar con la infraestructura que se requiere para mejorar la calidad de los combustibles actuales, bajando su contenido máximo de azufre desde los actuales 15 ppm a sólo 10 ppm. Esta condición se estableció expresamente como elemento esencial y condicionante para mantener vigentes las garantías de los fabricantes respecto de los límites de emisiones y el estado de los componentes de los vehículos que se vendan en Chile. Ante semejante monto de inversión, como ANAC nos cuestionamos cuánto de ello se traspasará a los chilenos, a través de alzas en los valores de la bencina y diésel.
“Un cambio así de irracional en este criterio y programa terminará perjudicando sustancialmente a los miles de emprendedores, pymes y empresarios que necesitan comprar o recambiar sus vehículos para desarrollar sus actividades, así como impactará duramente el bolsillo de todos aquellos que requieren los automóviles para transportarse a diario”, explica Diego Mendoza, secretario general de ANAC.
El vocero de la Asociación agrega que esta modificación podría tener graves secuelas internacionales al violentar el principio basal del Derecho Público de la Confianza Legítima, porque ha habido una
seguidilla de actos públicos en los que el Gobierno reconocía que la calidad de combustible requerida para las motores Euro 6c estaría disponible desde octubre 2024 y no marzo y así se informó a los fabricantes. Así, un adelanto intempestivo de la norma constituye un engaño para el sector automotor, pero además nos expone, como país, a acciones punitivas internacionales subsecuentes.
Las acciones que ANAC y sus marcas socias están evaluado tras este actuar son:
a. En el plano internacional, los fabricantes -que ya están operando desde hace meses en base al programa Euro 6c para septiembre de 2025 y no 2024- ya están estudiando acudir a organismos internacionales de solución de controversias, como el Mecanismo de Solución de Diferencias de la Organización Mundial del Comercio (OMC), por no haberse efectuado la consulta técnica pertinente ante esta entidad (la nueva norma de calidad de combustibles que se pretende imponer resulta aún desconocida en el referido nivel multilateral).
b. Mediante la omisión anterior se discrimina a países fabricantes. Los corresponsables de esta materia son en primer lugar el Ministerio de Energía, pero luego el Ministerio de Relaciones Exteriores, los cuales no han cumplido con su deber de efectuar en tiempo y forma las tramitaciones internacionales que permitan liberar los productos automotrices Euro 6c en Chile.
c. Esta discriminación violenta además una serie de tratados de libre comercio y acuerdos de complementación económica aplicables a los productos automotrices, todos suscritos y ratificados por Chile.
Diego Mendoza, precisa que ANAC comparte como principio el apoyo a la movilidad sostenible, responsable con el medioambiente y la no discriminación de productos automotrices que llegan a nuestro país. El sector apoya continuar con la implementación del programa Euro 6c en Chile, pero en la lógica medida que se respeten los principios internacionales de gradualidad y progresividad, además de la certeza jurídica, en todo el programa de emisiones.
Los fundamentos de la ANAC
La ANAC aclara con sólidos fundamentos técnicos y legales que la norma de emisiones para vehículos livianos y medianos Euro 6c deben comenzar a regir en nuestro país a contar del 30 de septiembre de 2025, esto es, 12 meses después del plazo originalmente contemplado para ello, debido a tres razones:
1. Primero, para la entrada en vigencia de Euro 6c la norma estableció expresamente -como condición previa y habilitante- la necesidad de actualizar la norma sobre calidad de combustibles en Chile, bajando el contenido máximo de azufre en los combustibles disponibles en todo el país, desde los actuales 15 ppm a sólo 10 ppm, siendo este punto un elemento esencial y condicionante para mantener vigentes las garantías de los fabricantes respecto de los límites de emisiones y el estado de los componentes de los vehículos que se vendan en Chile. La certificación Euro 6c conlleva un compromiso de bajar las emisiones de Nox, material particulado y CO en el vehículo, lo cual requiere que Chile cuente con un combustible de alta pureza, ad-hoc para que dichas garantías operen, disponible a lo largo y ancho de todo el país, lo que no ocurre hoy. Esta calidad de
combustible es condición necesaria y debe estar disponible en todo el país, así expresamente lo establece la Ley.
El carácter previo y habilitante de la condición de disponibilidad de combustible antes mencionada, se reflejó en la siguiente indicación del MMA que se mantiene inalterada hasta el día de hoy: “El combustible debe estar disponible en todo el país al menos 6 meses antes de la entrada en vigencia de Euro 6c, y la norma sobre su disponibilidad debe publicarse 15 meses antes de aquel hito”.
Pues bien, para mantener la entrada en vigencia originalmente prevista para el 30 de septiembre de 2025, dicho combustible de alta pureza debería estar disponible a más tardar el 30 de marzo de 2024 y no el 1 de octubre de 2024 como lo ha indicado el Ministerio de Energía en el Decreto Exento 140/2023. Adicionalmente, dicha norma debió haberse dictado y publicado a más tardar el 30 de junio de 2023, cuestión que no ocurrió, ya que fue publicada el 5 de julio de 2023. Es más, hoy el Ministerio de Energía ha publicado un decreto (149) que rectifica el acto administrativo publicado el 5 de julio de 2023, que modifica la fecha de disponibilidad: una serie de improvisaciones.
El caso es que la norma vigente dejó en claro que, de producirse el incumplimiento en cualquiera de dichas condiciones en relación a la disponibilidad de combustible, se postergaría automáticamente y sin más trámite la normativa por 12 meses, tal como lo indicó el MMA en las respuestas entregadas en el proceso de consulta pública ciudadana para la elaboración de la norma de emisiones, el año 2019.
Al no haber ocurrido ninguna de las dos condiciones anteriores, la entrada en vigencia de la norma se ha postergado de hecho y de derecho 12 meses, esto es, hasta el 30 de septiembre de 2025.
2. Segundo, todo lo anterior debiese verse reflejado en la nueva norma de calidad de combustibles que actualizará el DS 60/2012 del Ministerio de Energía, que es una normativa de eminente carácter técnico, cuyo proceso ni siquiera se ha iniciado por el Ministerio de Energía, la cual, cabe precisar, al ser una norma técnica que involucra la aplicación efectiva de tratados internaciones de libre comercio, debe necesariamente sujetarse a consulta internacional ante la Organización Mundial de Comercio, además de llevar a cabo tramitaciones locales y aprobaciones ante la Contraloría General de la República. En tal sentido, numerosos fabricantes automotrices en el extranjero -en distintos orígenes- están a la espera que dicha nueva normativa inicie todos estos procedimientos, pues no será posible liberar productos Euro 6c para Chile sin que se actualice conforme al Derecho Internacional la norma oficial.
3. Tercero, todas las informaciones que ANAC, los fabricantes en el extranjero, ENAP y todos los entes públicos concernidos manejaban hasta esta fecha, era que efectivamente la nueva calidad de combustibles estaría disponible en octubre de 2024. De esto se da cuenta, a modo ejemplar, en documentos oficiales que dan cuenta de las siguientes reuniones públicas y formales:
a. Consejo de Ministros para la Sustentabilidad del 4 de junio de 2023, en cuya acta consta que al discutir la norma de emisiones para vehículos pesados, se señaló por el Ministerio de Energía que la nueva calidad de combustibles estaría disponible desde octubre de 2024, lo que fue recibido como una grata sorpresa por el Ministerio de Transportes, y de ello tomaron conocimiento los Ministerios de Hacienda y de Minería, además de otros Ministerios presentes, con aquiescencia a lo menos tácita.
b. Publicación del Ministerio de Energía el pasado 5 de julio, a través del Decreto Exento N°140, que determina la fecha de disponibilidad de combustibles en Chile con el referido nivel más bajo de azufre, tanto para gasolina como para petróleo diésel, desde el 1 de octubre de 2024. Si bien este decreto no detalla ni asegura la disponibilidad en esa fecha en todo el país -como requiere el programa Euro- y tampoco aclara si ENAP -responsable de disponer los combustibles refinados con dicho nuevo límite- comparte dicha fecha como propicia para disponer el nuevo límite máximo de partículas, sí es evidente que el 1 de octubre es una fecha posterior a septiembre de 2024 por lo que por ese simple hecho se postergaría en 1 año la entrada en vigencia de Euro 6c, por el solo ministerio de la ley, o sea sin más trámite.
c. ENAP reconoce que desde el 1 de octubre de 2024 deberá adecuar sus procesos para disponer del combustible con 10 ppm de azufre. Así ha sido recogido en nota publicada en medios el día de hoy, y se desprende de la publicación oficial realizada por el Ministerio de Energía señalada en la letra b) arriba.