¿Por qué los tres poderes del Estado participan en elección del fiscal nacional?

Según el académico José Ignacio Núñez explica por qué se necesita dar una señal de independencia a la hora de designar al jefe del Ministerio Público

  1. Estos son los candidatos que compiten por convertirse en fiscal nacional

Se le acaba el plazo a la Presidenta Michelle Bachelet. La Jefa de Estado tiene hasta el jueces para elegir a uno de los cinco candidatos que hay para suceder a Sabas Chahuán en el cargo de fiscal nacional. Sin embargo, la decisión no depende de ella totalmente, sino que en este nombramiento también participan la Corte Suprema y el Senado, es decir, representantes de los tres poderes del Estado. ¿Por qué ocurre esto?

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Según indica a Publimetro José Ignacio Núñez Leiva, profesor de derecho constitucional de la Universidad Finis Terrae, este proceso debe ser así porque “se trata de autoridades que desempeñarán funciones que demandan altos grados de independencia”. 

Cabe señalar que la función del fiscal nacional es, en gran medida, velar por una correcta investigación y persecución de los delitos que se cometen en el país, actuando siempre con independencia. Este último axioma resulta clave a la hora de llevar adelante causas que están relacionadas, por ejemplo, con la política. Eso es lo que ocurre con el caso Penta, donde se ha investigado aportes a parlamentarios por vías que están fuera del marco de la ley.

Para el profesor, esta labor es de suma importancia y por lo mismo “encomendar su elección a uno solo de los tres poderes del Estado puede conspirar en contra de esa deseada autonomía”. 

“Si el fiscal nacional fuese designado directamente por el Presidente de la República o únicamente por el Congreso, existen altas probabilidades de que sea escogida una persona que represente únicamente a las fuerzas políticas afines al Presidente o a la mayoría parlamentaria. En cambio, si se hace participar en este nombramiento a los tres principales poderes del Estado, se disminuyen -aunque no se suprimen totalmente- las probabilidades de que resulte escogida una persona que no proporcione garantías de independencia e imparcialidad a todos los sectores”, dice.

– Profesor, ¿qué sucede si es que el senado no ratifica el nombre elegido por la Presidenta?

– Para ese caso la Constitución establece que si el Senado no aprobare la proposición del Presidente de la República, la Corte Suprema deberá completar la quina previamente propuesta por ella, proponiendo un nuevo nombre en sustitución del rechazado, repitiéndose el procedimiento hasta que se apruebe un nombramiento.

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