Los canales de TV abierta deben cumplir con un mínimo de programación cultural como parte de su programación, según exige el Consejo Nacional de Televisión (CNTV). Y esto no fue cumplido por TVN durante tres semanas de febrero del año pasado. Por lo tanto, el canal estatal deberá hacerse cargo de una multa que acaba de ser confirmada por la Corte de Apelaciones de Santiago.
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La multa asciende a 40 UTM ($2.080.200) y su confirmación se dio en fallo unánime de la Segunda Sala del tribunal de alzada, integrada por las ministras María Soledad Melo, Gloria Solís e Inelie Durán. Esto ocurrió luego de que se constatara que los programas presentados Televisión Nacional de Chile no cumplían con los criterios para ser considerados «contenido cultural».
Razones tras la multa
Cabe señalar que TVN presentó como programación cultural el festival Viva Dichato , el docurreality «Mamá a los 15» y el Festival de Viña del Mar.
En el fallo publicado por BioBioChile, es claro. «Respecto a la transmisión de programas culturales, debe considerarse que el aporte a la formación cívica, tradicionalmente se ha centrado en la transmisión de conocimientos básicos que definen la vida republicana, el Estado de Derecho, el Gobierno y sus instituciones».
El texto continúa. «Hoy, esto ha evolucionado a una formación ciudadana. Se trata de un enfoque más amplio que junto con desarrollar conocimientos sobre el sistema de gobierno y la historia de un país, se encarga de fomentar habilidades y actitudes destinadas a perfeccionar la capacidad de actuar de un ciudadano competente para una participación cívica informada, crítica y constructiva».
La resolución sostiene que «Viva Dichato» y «Mamá a los 15», no cuentan con «elementos que aporten específicamente a la concreción del concepto antes referido, por lo que, en concepto de esta Corte, no quedan comprendidos en el numeral cuarto de las normas».
Bajo el mismo argumento, el tribunal desestimó al Festival de Viña del Mar en el rótulo cultural. Esto es porque el evento «corresponde a un certamen internacional de música, que comprende una parte de folclor latinoamericano, pero que en general corresponde a un show televisivo de entretención que no cumple los parámetros establecidos en la legislación anotada».
«Finalmente, cabe consignar que la resolución multa cumple con los requisitos de motivación y sustento exigibles, y se han considerado en ella las defensas esgrimidas por la reclamante», consigna el fallo.