Caso Calle Conferencia: Dictan acusación contra 53 ex agentes de la disuelta DINA

El ministro en visita, Miguel Vásquez dictó la acusación penal en contra de 53 ex agentes de la Dirección de Inteligencia Nacional (DINA) por la desaparición y muerte de los integrantes de la segunda cúpula clandestina del Partido Comunista en 1976

La nómina la encabeza el general(r) Manuel Contreras y entre los acusados figuran 11 mujeres, una de ellas Gladys Calderón, la torturadora conocida como “Doctora Hoffmann“, donde además el magistrado amplió el pedido de extradición contra Adriana Rivas, actualmente en Australia.

De esta manera el juez Vásquez se prepara para la última etapa del juicio en el antiguo procedimiento penal para luego dictar sentencia en primera instancia en la investigación por la represión a la segunda cúpula clandestina del Partido Comunista en 1976, conocida como “Calle Conferencia Dos”.

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Según la indagatoria, los ex agentes a partir del 13 de diciembre de 1976, en distintos puntos de la capital, principalmente la zona oriente detuvieron a Fernando Navarro Allendes, Lincoyán Berríos Cataldo, Horacio Cepeda Marinkovic, Fernando Ortiz Letelier, Héctor Véliz Ramírez, y Waldo Ulises Pizarro Molina, todos militantes comunistas, quienes lo trasladaron a un cuartel secreto ubicado en calle Simón Bolívar N° 8.800, comuna de La Reina, donde fueron interrogados bajo brutales torturas y posteriormente hechos desaparecer.

La DINA contó con la Brigada LAUTARO Y las unidad Mehuín y Defín con el objetivo primordial de reprimir, detener y desarticular al PC, y donde varias mujeres partiparon de los apremios ilegítimos, como Gladys Calderón apodada la “Doctora Hoffmann” porque le ponía inyecciones letales a los detenidos, Adriana Rivas, Berta Jiménez y Celinda Aspe, quienes en el papel aparecían como secretarias del director de la DINA, el general Manuel Contreras, pero la verdad es que eran “operativas” para ejecutar los crímenes

Una de las víctimas es Waldo Pizarro, padre de la presidenta de la Agrupación de Familiares de Detenidos Desaparecidos, Lorena Pizarro, quien dijo que al concer esta decisión judicial sigue con dudas, en especial por los beneficios a los condenados en el caso Degollados

Pizarro dijo que “todavía no sé que pasó con él, sólo sé generalidades, porque el pacto de silencio sigue entre los uniformados, porque la justicia en la medida de lo posible sigue estando presente. Y porque después tenemos a un estado que indulta o da beneficios a los que cometieron estos brutales y graves hechos, que espero a nadie nunca más le ocurran”

Quien más relatos entregó del cuartel Simón Bolívar fue Jorgelino Vergara Bravo, el llamado mocito de la DINA, quien asegura que a los detenidos se les ejecutaba, se les ensacaba, a algunos se le ponían rieles, para ser lanzados al mar, a las minas de cal de Lonquén o cuesta Barriga y quien en la causa relata que Fernando Ortiz, en su momento imploró que lo mataran porque le habían quebrado sus piernas a palos.

A su vez, el juez Vásquez pidió ampliar la extradición por estos hechos contra Adriana Rivas, actualmente en Australia, donde el abogado Eduardo Contreras confía en que el país oceánico la envíe a Chile.

El abogado querellante Eduardo Contreras valoró esta ampliación señalando que “esta decisión del ministro Vásquez muestra como están actuando ahora los tribunales, y nos parece que es una decisión histórica, puesto que Adriana Rivas, quien participa en todo el extermino de las cúpulas del Partido Comunista en el fatídico cuartel Simón Bolívar, es una figura central, tanto por su propia responsabilidad como por la información que ella maneja. De acuerdo a la actual institucionalidad que une a ambos países, Chile y Australia, la extradición de esta mujer es absolutamente viable” dijo el jurista.

En enero pasado, el juez Vásquez pidió igual extradición de Rivas a Australia por la desaparición del secretario general del PC, Víctor Diaz.

Nómina de acusados:

En la resolución, el juez Vásquez indica:

“Y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 424 y 426 del Código de Procedimiento Penal, se declara que se eleva esta causa a plenario y se acusa,

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I. A (1)Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda, (2)Pedro Octavio Espinoza Bravo, (3)Juan Hernán Morales Salgado, (4)Ricardo Víctor Lawrence Mires, (5)Federico Humberto Chaigneau Sepúlveda, (6)Hernán Luis Sovino Maturana, (7)Gladys de las Mercedes Calderón Carreño, (8)Eduardo Antonio Reyes Lagos, (9)Juvenal Alfonso Piña Garrido, (10)José Alfonso Ojeda Obando, (11)Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo, (12)Jorge Laureano Sagardía Monje, (13)Héctor Raúl Valdebenito Araya, (14)Bernardo del Rosario Daza Navarro, (15)Sergio Orlando Escalona Acuña, (16)Jorge Lientur Manríquez Manterola, (17)José Miguel Meza Serrano, (18)Luis Alberto Lagos Yáñez, (19)María Angélica Guerrero Soto, (20)Jorge Iván Díaz Radulovich, (21)Guillermo Jesús Ferrán Martínez, (22)Jorge Segundo Pichunmán Curiqueo, (23)Orfa Yolanda Saavedra Vásquez, (24)Elisa del Carmen Magna Astudillo, (25)Claudio Orlando Orellana de la Pinta, (26)Eduardo Alejandro Oyarce Riquelme, (27)Heriberto del Carmen Acevedo, (28)Claudio Enrique Pacheco Fernández, (29)Emilio Hernán Troncoso Vivallos, (30)Sergio Hernán Castro Andrade, (31)Teresa del Carmen Navarro Navarro, (32)Juan Edmundo Suazo Saldaña, (33)Orlando Jesús Torrejón Gatica, (34)José Manuel Sarmiento Sotelo, (35)Carlos Enrique Miranda Mesa, (36)Víctor Manuel Álvarez Droguett, (37)Orlando del Tránsito Altamirano Sanhueza, (38)Gustavo Enrique Guerrero Aguilera, (39)Manuel Antonio Montre Méndez, (40)Guillermo Eduardo Díaz Ramírez, (41)Hiro Álvarez Vega, (42)Celinda Angélica Aspe Rojas, (43)Jorge Hugo Arriagada Mora, (44)Berta Yolanda del Carmen Jiménez Escobar, (45)Carlos Justo Bermúdez Méndez, (46)Eduardo Patricio Cabezas Mardones, (47)Adriana Elcira Rivas González, (48)Carlos Eusebio López Inostroza, (49)Italia Donata Vaccarella Gilio, Camilo Torres Negrier, Joyce Ana Ahumada Despouy, Marilín Melahani Silva Vergara, yJosé Domingo Seco Alarcón, como coautores de los delitos de secuestro calificado de Fernando Alfredo Navarro Allendes, cometido a partir el 13 de diciembre de 1976, y Lincoyán Yalú Berríos Cataldo, Horacio Cepeda Marinkovic, Juan Fernando Ortíz Letelier, Héctor Véliz Ramírez, cometidos a partir del 15 de diciembre de 1976.

II: A Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Juan Hernán Morales Salgado, y Ricardo Víctor Lawrence Mires, como coautores del delito de secuestro calificado de Waldo Ulises Pizarro Molina, cometido a partir el 15 de diciembre de 1976.

III. A Juan Manuel Guillermo Contreras Sepúlveda, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Juan Hernán Morales Salgado, Ricardo Víctor Lawrence Mires, Eduardo Antonio Reyes Lagos, Juvenal Alfonso Piña Garrido, José Alfonso Ojeda Obando, Pedro Segundo Bitterlich Jaramillo, Víctor Manuel Álvarez Droguett, Jorge Iván Díaz Radulovich, Heriberto del Carmen Acevedo, Claudio Enrique Pacheco Fernández, Emilio Hernán Troncoso Vivallos, Orlando Jesús Torrejón Gatica, Orlando del Tránsito Altamirano Sanhueza, Carlos Enrique Miranda Mesa, Guillermo Eduardo Díaz Ramírez, Eduardo Patricio Cabezas Mardones, Carlos Eusebio López Inostroza y José Domingo Seco Alarcón, comocoautoresde tres delitos de homicidio calificado de Juan Fernando Ortiz Letelier, Horacio Cepeda Marinkovic y Lincoyán Yalú Berríos Cataldo, perpetrados entre el 15 de diciembre de 1976 al 25 de diciembre de 1976, en la ciudad de Santiago.”

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