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Experto penalista detalla por qué no existe legítima defensa en caso de padre e hijo que mataron a delincuente

Todo ciudadano se puede defender en una situación de peligro frente a un ataque pero esa defensa tiene que ser actual (…) cuando ese peligro deja de existir la defensa, ya no es defensa, es una venganza”, afirma el abogado Gustavo Balmaceda.

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Padre e hijo que mataron a delincuente tras «portonazo» quedaron en prisión preventiva

La decisión del Juzgado de Garantía de San Bernardo, de dejar en prisión preventiva a Gustavo y Raúl Arellano, padre e hijo respectivamente, por el delito de homicidio simple, tras asesinar al hombre que les robó el vehículo en un “portonazo”, ha generado polémica en la sociedad en torno a la evantual figura de una legítima defensa.

A través de las redes sociales, muchos han salido en defensa de los Arellano, argumentando que ellos son las verdaderas víctimas del caso y no la persona fallecida. Incluso se ha viralizado una declaración, en la que personas comunes aseguran que cometerían el mismo acto frente a un ataque delictual.

“Me declaro públicamente un peligro para la sociedad, porque al igual que esos dos inocentes padre e hijo que quedaron en prisión preventiva por matar a una lacra que nadie echará de menos, soy capaz de mutilar y hasta matar a quien ponga en riesgo la seguridad de mi familia. Publíquese, notifíquese, soy un potencial peligro para la sociedad”, dice la declaración.

Sin embargo, pese a que muchos chilenos han respaldado la acción del padre y su hijo, el abogado y director de derecho Penal de la Universidad Andrés Bello, Gustavo Balmaceda, explicó a Publimetro el porqué la decisión de la justicia es la correcta.

“Para que haya defensa a través de lo que se llama un ente de responsabilidad por una causa de justificación, la defensa tiene que ser frente a una agresión que es actual e inminente, es decir, la agresión tienen que venir de un ser humano, y la defensa debe ser a través de un medio racional, no proporcional”.

Esto quiere decir, detalla el abogado que la defensa sólo se puede realizar dentro de los medios más razonables. “Por ejemplo, defenderse con una bazuca frente al ataque de un cuchillo ¿es razonable? En principio no, pero qué pasa cuándo el que se defiende es por ejemplo un enano o una persona con graves discapacidades físicas o una mujer anciana”.  

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Por eso, puntualiza que aunque a su juicio la medida cautelar de prisión preventiva puede ser exagerada, no se puede hablar de una defensa legítima, en particular porque el ataque contra el delincuente se realizó cuando ya no subsistía el peligro.

Bulnes agrega que sí existe un atenuante en este caso, que podría beneficiar a la pareja en el veredicto final. “Estas personas actuaron creyendo que había una legítima defensa, por lo tanto sí creo que podría aplicárseles una atenuante”.

“Todo ciudadano se puede defender en una situación de emergencia frente a un ataque pero esa defensa tiene que ser actual y cuando la agresión es actual, mientras permanece, mientras subsiste el peligro contra la vida o contra la persona, cuando ese peligro deja de existir la defensa, ya no es defensa, es una venganza”, afirma el abogado.  

PUB/NL

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