Muchas dudas ha generado el decreto por vía administrativa del Presidente Sebastián Piñera que exige visa a quienes deseen migrar a Chile con el objetivo de trabajar. Una de ellas es qué pasará con quienes atravesaron las fronteras después del 8 de abril, fecha clave para el mandato del Jefe de Estado. ¿Qué pasará con el resto?
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Aquellos turistas que hayan pisado suelo nacional el lunes 9 de abril aún tienen posibilidades de «meter papeles». El decreto indica que quienes ingresaron al país después del 8 de abril podrán quedarse en el país por el plazo que se les entregó en el visado y pero también que pueden, hasta el 22 de abril, tener la posibilidad de trabajar. Es decir, podrán cambiar la calidad de turista.
La otra posibilidad que tienen esas personas es regresar a sus respectivos países para gestionar la visas desde el consulado de Chile en tierras foráneas.
¿Más claro? Pongamos un ejemplo. Un venezolano ingresó a suelo nacional a las 00:01 del el 9 de abril con visa de turista. Él podrá quedarse en Chile por 90 días y luego, si quisiera trabajar en este país, debe ingresar los documentos hasta el 22 de abril. Otra opción es regresar a Venezuela e ir al consulado de Chile en Caracas o en Puerto Ordaz para gestionar, o bien la «Visa de Oportunidades», la «Visa de Orientación Internacional» o, si así lo desea, la «Visa de Responsabilidad Democrática». No existe otra posibilidad. (Ver también: «La «letra chica» de las visas de Piñera«)
¿Alguien dijo 23 de abril?
Pero entonces, ¿por qué el Presidente mencionó que la fecha clave era el 23 de abril? Textualmente Piñera dijo «se ha dispuesto eliminar la posibilidad de solicitar el visado temporario en Chile por motivos laborales a contar del día 23 de abril de 2018«.
Lo que ocurre es que, en estricto rigor, desde ese día ya no se tramitarán más visas temporarias pensando en la gente que ya había ingresado la solicitud y que no había recibido respuesta, fueron convocados para días posteriores o bien, se les retuvo algún tipo de documento a la espera de antecedentes. Es decir, para cuestiones extraordinarias que ocurren al momento de ir a Extranjería a solicitar la visa temporaria.
¿Qué pasará si no alcancé a «meter los papeles»?
Conscientes de que muchos turistas que llegaron a Chile tenían la intención de quedarse en nuestro país desarrollando alguna actividad remunerada, lo que decretó el Presidente fue que aquellos que llegaron hasta el domingo 8 de abril en calidad de turistas se sinceren y vayan a dependencias de la Subsecretaría del Interior a registrarse y solicitar una visa temporaria otorgada bajo el marco del Proceso de Regularización.
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Un ejemplo. Un haitiano llegó a las 23:59 del domingo 8 de abril en calidad de turista, pero con ganas de quedarse en Chile. A partir del 23 de abril y en un plazo máximo de 90 días, este ciudadano deberá presentarse en esas oficinas para poder regularizar su situación. No obstante, el Gobierno no tiene la obligación de entregar una visa temporaria: las solicitudes se analizarán caso a caso y cabe tanto la posibilidad de negar ese documento como de entregarlas.
En ese sentido, al ser un proceso regulatorio, es probable que se verifique los documentos para comprobar si son legítimos o no. Ello pues ya se dispuso que «la solicitud presentada bajo declaraciones falsas, valiéndose de documentos falsificados, adulterados o expedidos a nombre de otra persona será rechazada de plano y al solicitante será expulsado«.
Cabe mencionar que con este proceso, se acabará al menos uno de los vicios que se había generado con la visa Temporaria con Motivo Laboral. Uno de ellos era la «oferta de trabajo». ¿En qué consistía? Hubo muchos casos en los que «un amigo» extendía un contrato de trabajo con el objetivo de que algún extranjero pudiera obtener la visa temporaria en Chile y todo terminaba bien. Es ese tipo de situaciones que el Gobierno de Sebastián Piñera quiere eliminar, pues el Presidente ya señaló que los decretos apuntan a que no se vulnere el sistema.
¿Qué pasa si me quedo igual?
El decreto también consideró situaciones en la que personas que llegaron después del 22 de abril en calidad de turistas se queden más del tiempo que les permitía su visado o bien que sean detectados trabajando de forma irregular aún cuando poseen un visado que no se lo permitía. Esos turistas corren el riesgo de ser deportados.
Lo mismo ocurrirá con quienes no regularicen su situación, con aquellos que ya ingresaron o ingresen al país por fronteras no legítimas después del 8 de abril o quienes tengan antecedentes penales en Chile.
Por otra parte, también corren riesgo de que no se acepte una renovación de una visa temporaria o de residencia definitiva quienes tengan antecedentes penales en Chile o en el extranjero, quienes hayan sido expulsados de su país o de otro, o quienes presenten documentación falsa a la hora de gestionar sus documentos, como un contrato de trabajo (o su oferta) ilegítima.
Aclaración:
Cabe mencionar que antes de publicar este artículo, Publimetro intentó en reiteradas oportunidades contactarse con el Departamento de Extranjería y Migraciones sin éxito. No obstante, luego que este escrito fue lanzado a la web, desde la Subsecretaría del Interior se contactaron con Publimetro para aclarar que las personas que ingresaron en calidad de turistas después del 9 de abril aún tenían posibilidad de acceder a la Visa Temporaria con Motivos Laborales, siempre y cuando este documento fuera procesado hasta antes del 23 de abril. También indicaron que desde ese día, esa visa en particular deja de operar. No obstante, el resto del menú de opciones aún sigue disponible para los extranjeros que quieran migrar a Chile, como lo es la Visa Sujeta a Contrato.
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