Nacional

Caso Nibaldo: Corte de Apelaciones rechazó el recurso de nulidad de Johanna Hernández y Francisco Silva

Deberán cumplir sus penas de presidio perpetuo, debido a que no quedan más recursos.

Este lunes la Cuarta Sala de la Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó, en fallo unánime, los recursos de nulidad interpuestos por las defensas de Johanna Hernández y Francisco Silva, sentenciados por el asesinato del profesor Nibaldo Villegas.

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Recordemos que los abogados de Hernández y Silva argumentaron una “errónea aplicación del derecho”. Asegurando que a los dos condenados se les aplicó una sentencia mayor a la que correspondía.

Pese a ello, ambos deberán cumplir sus penas de presidio perpetuo, debido a que no quedan más recursos.

Corte de Apelaciones rechazó recurso de nulidad

Este lunes el vocero del tribunal de alzada porteño, ministro Raúl Mera, señaló que «la sentencia condenatoria dictada en primera instancia y el juicio mismo son plenamente válidos», en referencia al sentencia dictada el 16 de mayo pasado por el Tribunal Oral Penal de Viña del Mar.

En tanto, el fiscal José Miguel Subiabre declaró que «en un fallo de más de 23 páginas, ha desestimado todas y cada una de las pretensiones de la defensa, indicando claramente que el principio básico era que no puede haber colaboración con personas que han mentido durante toda la etapa investigativa».

«El caso por fin ha concluido. Ha terminado, y se han establecido las máximas penas para los responsables. De esta manera esperar de que la familia pueda comenzar una nueva fase en lo que significa este dolor», añadió.

El 16 de mayo pasado, el tribunal de primera instancia condenó en calidad de autores de los delitos consumados de parricidio en el caso de Johanna Hernández, y de homicidio calificado por parte de Silva, ilícitos cometidos en agosto del año pasado en la comuna de Villa Alemana.

En concreto, Johanna Hernández deberá pasar un mínimo de 40 años tras las rejas antes de recibir cualquier beneficio penitenciario. En el caso de Silva, implica un mínimo de 20 años de cárcel. Solo se les abonará el tiempo que pasaron en prisión preventiva desde el 22 de agosto de 2018.

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