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Abogados laboralistas acuden a la Contraloría para denunciar lo que califican como “actuación ilegal” de la Dirección del Trabajo

Indican que el organismo estatal no actúa en derecho al emplear finiquitos de trabajo mediante la firma electrónica y que se anula la posibilidad de reclamar del afectado.

(MARCELO HERNANDEZ/ATON CHILE/MARCELO HERNANDEZ/ATON CHILE)

 

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Un grupo de 50 abogados laboralistas, encabezados por la directiva de la asociación que los agrupa, AGAL, presentó este jueves 16 de abril un escrito ante la Contraloría General de la República, CGR, ejerciendo su derecho de petición para solicitar la revisión de lo que para ellos es una actuación ilegal de la Dirección del Trabajo, DT, sobre el uso de finiquito electrónico, lo que impediría la reserva de derechos por parte de los trabajadores afectados, cuyo número ha aumentado desde el año pasado debido a la crisis económica que empezó con el estallido social y ahora se ha acrecentad por la pandemia de coronavirus.

Los abogados solicitan a la CGR que proceda a pedir un informe a la DT respecto a los actos administrativos que ha llevado a cabo sobre el uso de un finiquito de trabajo mediante firma electrónica y utilización de clave única, procedimiento que no cuenta con el respaldo de una norma para su aplicación, toda vez que el proyecto de ley sobre el tema aún está en trámite en el Congreso.

“Como abogados laboralistas denunciamos que la Inspección del Trabajo facilita la existencia de finiquitos express, sin permitir al trabajador a colocar una reserva y reclamar si no está de acuerdo con su contenido. Con este tipo de finiquitos electrónicos, el empleador paga lo que quiere y descuenta lo que quiere puesto, que no permite reclamar y paga cuando quiere, dado que se permite cancelar incluso mas allá de los diez días legales”, señala el vicepresidente de AGAL, Rodrigo García,

Los abogados solicitan que la CGR se pronuncie sobre la legalidad y constitucionalidad del finiquito electrónico y sobre la responsabilidad administrativa de los funcionarios públicos que han intervenido en tales acciones.

 

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“En cuanto a nuestra interpretación, existe una apropiación de facultades legislativas y vulneración grave de las disposiciones legales que rigen en la materia, al adoptar de motu proprio, por la Dirección del Trabajo, procedimientos contrarios a los establecidos en la ley, siendo en consecuencia su actuación administrativa, en esta materia, ilegal, arbitraria, contraria a derecho, e inconstitucional, entendiendo que dicho órgano debe abstenerse de autorizar por esa vía finiquitos, renuncias o términos de contrato por mutuo acuerdo y que, en cambio, se atenga estrictamente a los procedimientos expresamente autorizados por el ordenamiento jurídico. Con esto se facilita los despidos, lo que es muy grave porque las nuevas normas buscan suspender la relación laboral y no terminarla. Además, desconoce que el proyecto sobre finiquitos electrónicos se encuentra aun en el congreso nacional y viola incluso el criterio de los Tribunales que hoy protegen esta facultad de reclamar”, señala en una parte el escrito enviado a la CGR.

Cabe recordar que hace pocas semanas la DT se vio envuelta en una gran polémica, cuando su directora subrogante, Camila Jordán Lapostol, firmó el jueves 26 de marzo el Dictamen 1283/006, normativa que facultaba al empleador a no pagar sueldo a su trabajador en el marco de la emergencia sanitaria nacional por la pandemia de coronavirus, lo que se basaba en la cuarentena total o el cordón sanitario, que configurarían un caso fortuito o de fuerza mayor.

“Ello exonera a las partes de las obligaciones recíprocas que les impone el contrato de trabajo. A saber, otorgar el trabajo convenido y pagar la remuneración de parte del empleador y asistir a prestar los servicios pactados por parte del trabajador”, indicaba el resistido dictamen, que llevó al Gobierno a apresurar el proyecto de ley denominado de “protección del empleo”, aprobado por el Congreso y que permite suspender y no terminar la relación laboral mientras dure la crisis, periodo durante el cual los trabajadores pueden recurrir a su seguro de cesantía para obtener recursos.

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