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Residentes pueden viajar al extranjero: ¿Quién puede salir de Chile? ¿Qué documentos se presentan? ¿Y al volver?

A partir del lunes 26 de julio, los residentes en Chile con pase de movilidad, podrán salir del país a través del aeropuerto de Santiago.

El alcalde insiste que la mujer viajó director del aeropuerto.

A partir del lunes 26 de julio, los residentes en Chile con pase de movilidad (tanto nacionales como extranjeros) podrán viajar fuera del país, desde el Aeropuerto Arturo Merino Benitez.

¿Quién puede salir de Chile?

-Chilenos y extranjeros residentes en Chile, con pase de movilidad habilitado. No incluye a menores de edad sin pase de movilidad.

-También podrán hacerlo las personas que cuenten con el Permiso excepcional para salida del país, obtenido en comisaría virtual y aprobado. Para la obtención de éste existen cuatro causales:
-Carácter humanitario
-Gestiones esenciales para la salud del viajero
-Gestiones fundamentales para la adecuada marcha del país 

En tanto, también pueden salir los extranjeros no residentes en Chile, que lo hacen con su pasaporte del país de origen

¿Quien puede entrar a Chile?

  1. Chilenos y extranjeros residentes en Chile
  2. Extranjeros no residentes en Chile (solo excepciones), como el salvoconducto del consulado de origen y Decreto 102 del Ministerio del Interior.

Requisitos para entrar a Chile

1. Declaración Jurada: El viajero debe completar el formulario “Declaración Jurada de Viajeros” de forma electrónica y hasta 48 horas antes del embarque. En este formulario entregará información de contacto, antecedentes de salud y de su viaje, y además acepta las condiciones de ingreso. Está disponible en www.c19.cl, y será requerido por la aerolínea al embarcar, y por la autoridad sanitaria al ingresar al país.

2. Test PCR: El viajero debe adjuntar a la Declaración Jurada de Viajeros un resultado negativo de un test PCR para SARS-CoV-2. Este resultado negativo del test no podrá tener una antigüedad mayor a 72 horas desde la toma de muestra hasta la hora de salida del último vuelo con destino final Chile en caso de entrar vía aérea. En caso de ingresar vía terrestre, no podrá tener una antigüedad mayor a 72 horas desde la toma de muestra hasta la entrada a Chile. Será requerido por la aerolínea al embarcar, y por la autoridad sanitaria al ingresar al país. Los menores de dos años quedan exceptuados de este requisito.

3. Seguro médico de viaje: este requisito es solo para los extranjeros no residentes en el país, que sólo ingresarán por motivos excepcionales o con salvoconducto entregado por el consulado. El viajero debe adjuntar a la Declaración Jurada de Viajeros un certificado de un seguro médico que cubra los gastos que pudieran ocasionar la asistencia médica, atención hospitalaria y repatriación, durante toda su estancia en el país, incluida la cobertura de cualquier gasto originado por Covid-19. El monto mínimo de cobertura para las prestaciones de salud deberá ser de USD$30.000 El certificado del seguro se deberá adjuntar a la Declaración Jurada.

¿Qué se debe hacer para ingresar a Chile?

Lo primero es tener en cuenta que se deben cumplir 10 días de aislamiento estricto obligatorio.

a. En domicilio

Personas con pase de movilidad habilitado en el momento de su ingreso al país.
Familias que viajan con menores de edad, debe ser en un mismo domicilio para todo el grupo familiar.

Requisitos:

  1. Todos los cohabitantes que se encuentren en el domicilio declarado para realizar elaislamiento, también deberán realizar el mismo aislamiento de 10 días, es decir no puedeentrar ni salir nadie del domicilio durante ese periodo.
  2. Deberán llegar al domicilio declarado en transporte privado en un máximo de 5 horas y deforma directa desde el ingreso al país. No se podrán utilizar medios de transporte públicos colectivos incluido tren, buses y aviones. Se permite el traslado en transporte público menor (taxis) o el uso de las compañías de transfer privados que trabajan en AMB, bajo estricto protocolo sanitario. En este caso, solo se puede compartir vehículo con el mismo grupo con el que se viajó.
  3.  La información del lugar de aislamiento y los cohabitantes del domicilio deberá ser ingresada en la Declaración Jurada del Viajero previo al ingreso al país, disponible en www.c19.cl

b. En hotel de tránsito

  1. Obligatorio para mayores de edad que no tengan pase de movilidad habilitado al momentode su ingreso al país.
  2. Personas con pase de movilidad que no tengan un domicilio a declarar al que puedan llegaren menos de 5 horas y en transporte privado.Requisitos
  1. El costo de los 10 días de aislamiento en hotel de tránsito es responsabilidad de la persona(incluido personas que salieron del país antes del 28 de marzo).
  2. La información de la reserva deberá ser ingresada en la Declaración Jurada del Viajeroprevio al ingreso al país, disponible en www.c19.cl.
  3. En pasos fronterizos aéreos, el traslado desde el punto de ingreso al hotel de tránsito serárealizado por la Seremi de Salud.

Seguimiento de Viajeros por 14 días

a. Auto reporte:
Toda persona que ingrese al país deberá completar durante 14 días un formulario de reporte de síntomas. A su llegada, recibirá un correo para hacer el registro en la plataforma oficial, lugar donde, diariamente, deberá completar una encuesta de estado de salud y ubicación . Cada día el viajero recibirá un correo electrónico por parte de la autoridad sanitaria con el recordatorio para contestar su autoreporte.

Aquella persona que presente síntomas de coronavirus, deberá permanecer en aislamiento, reportar sus síntomas en el formulario que recibirá en su correo electrónico y esperar el contacto de la autoridad sanitaria.

En el caso que los síntomas sean fiebre mayor a 37,8oC , pérdida brusca de olfato o pérdida brusca del gusto, el viajero deberá acudir a un centro asistencial a la brevedad, haciendo uso de su mascarilla y evitando utilizar el transporte público, cumpliendo con todas las medidas sanitarias que sean pertinentes. Ante dudas llame a Salud Responde al 600 360 7777.

b. Testeo
El viajero podrá ser sometido a varios test diagnósticos para COVID-19, ya sea en el mismo punto de entrada al país o en cualquiera de los 14 días siguientes. Los test de diagnóstico pueden ser PCR y/o test de antígeno. También podrán ser sometidos a estudios de genotipificación.

c. Fiscalización
Los viajeros que estén cumpliendo aislamiento obligatorio serán fiscalizadas presencialmente en el lugar declarado para el cumplimiento de este, en cualquier día y hora mientras dure el aislamiento. El fiscalizador verificará que se encuentren en el domicilio todos lo cohabitantes declarados en la Declaración Jurada del Viajero, y que en el domicilio no haya otras personas no declaradas.

En caso de incumplir con cualquiera de las medidas anteriores, el viajero será sancionado según lo dispuesto en el Libro X del Código Sanitario, en el Código Penal y en la ley No 20.393, según corresponda. El monto de la multa aplicada del sumario sanitario por infracciones a la normativa vigente puede llegar hasta 1000 UTM ($50.000.000.-).

Además del sumario sanitario se bloqueará el pase de movilidad a todo viajero o cohabitante que no cumpla con las medidas sanitarias vigentes.

d. Aislamiento en residencia sanitaria para casos positivos:
Los viajeros que resulten positivos en alguno de los test realizados en el periodo de seguimiento de viajeros de 14 días, y sus contactos estrechos, deberán realizar el asilamiento obligatoriamente en residencia sanitaria por el tiempo que la autoridad sanitaria estime conveniente. Incluye menores de edad.

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