¿Quieres hacer crecer tu 10% pero no saber cómo? ¿Ahorro o inversión? AFP Capital da unas recomendaciones:
Objetivo del instrumento:
- Cuenta 2, del 10%: Ahorro adicional y voluntario a mediano plazo para otros fines
- Cuenta 2: Ahorro adicional y voluntario a mediano plazo para distintos fines
- APV: Incrementar el monto de la pensión
- Fondo mutuo: Acceder de manera simple a distintas clases de activos, como renta fija y variable, y que se acomodan a las distintas necesidades de las personas
- Depósito a plazo: Protección patrimonial. Alternativa que permite poder contar un resguardo de los dineros libre de riesgo y con una tasa de interés periódica
¿Cómo se contrata?
- Cuenta 2, del 10%: A través de una AFP
- Cuenta 2: A través de una AFP
- APV: A través de una AFP o en cualquier otra institución autorizada por la legislación, como compañías de seguro, bancos y corredoras de bolsas, entre otras
- Fondo mutuo: A través de una Administradora General de Fondos o un intermediario autorizado por la CMF, como por ejemplo, una Corredora de Bolsa
- Depósito a plazo: A través de bancos
Comisiones:
- Cuenta 2, del 10%: No tiene cobro de comisión
- Cuenta 2: Cada AFP cobra un porcentaje anual de comisión sobre los saldos administrados, que varía entre 0,16% y 0,95%
- APV: Las instituciones pueden cobrar por la administración, intermediación, custodia etc, según el instrumento que invierta o condición que establezca cada institución
- Fondo mutuo: Los FFMM por lo general tienen una comisión por administración, y la que en casos se les puede sumar otro tipo de cobros, como por ejemplo: gastos operativos, comisiones de entrada y/o salida, etc
- Depósito a plazo: No hay gastos de administración ni operación, pero sí una multa si el dinero se retira antes de la fecha estipulada
Rentabilidad:
- Cuenta 2, del 10%: Está sujeta a la de los multifondos, que varía mes a mes
- Cuenta 2: Está sujeta a la de los multifondos, que varía mes a mes
- APV: Dependerá del instrumento en el que invierta
- Fondo mutuo: Depende de la evolución del valor cuota de cada fondo que a su vez depende del subyacente de donde invierte el fondo
- Depósito a plazo: Es fija y está determinada por la oferta de cada banco
Inversión:
- Cuenta 2, del 10%: Se puede invertir en hasta dos de los cinco fondos de la administradora
- Cuenta 2: Se puede invertir en hasta dos de los cinco fondos de la administradora
- APV: El dinero puede ser invertido en instrumentos financieros como fondos mutuos, acciones, cuotas de fondos de inversión (CFI), multifondos, seguros con ahorro, etc.
- Fondo mutuo: Se puede acceder a múltiples alternativas de renta fija, variable, alternativos, sectoriales, etc
- Depósito a plazo: La persona elige el monto de inversión
Impuestos:
- Cuenta 2, del 10%: Los retiros 1 y 3 no pagan impuesto.
- Cuenta 2: Al mayor valor corregido monetariamente está afecto (como la mayoría de las inversiones)
- APV: En el régimen A, al retirar tu APV, deberás pagar impuesto por la ganancia de capital que tenga ese retiro. En el caso del régimen B, si retiras el dinero se retiene el 15% del monto para reservar el impuesto a devolver acorde con la tasa Global Complementario del año.
- RT A: el mayor valor corregido monetariamente está afecto (como la mayoría de las inversiones). Tiene una exención de 30 UTM siendo contribuyendo exclusivo del 42 N°1 y/o pequeño contribuyente (beneficio art.57 LIR)RT B: está afecto a un impuesto único, al momento del retiro se retiene 15% y en operación renta entera el impuesto faltante o recibe una devolución según el caso
- RT A: el mayor valor corregido monetariamente está afecto (como la mayoría de las inversiones). Tiene una exención de 30 UTM siendo contribuyendo exclusivo del 42 N°1 y/o pequeño contribuyente (beneficio art.57 LIR)
- RT B: está afecto a un impuesto único, al momento del retiro se retiene 15% y en operación renta entera el impuesto faltante o recibe una devolución según el caso
- Fondo mutuo: En el caso de régimen general se pagan impuestos cuando se registran ganancias al retirar su inversión de los fondos
- Depósito a plazo: Al mayor valor corregido monetariamente está afecto (como la mayoría de las inversiones)
Beneficios estatales:
- Cuenta 2, del 10%: No tiene
- Cuenta 2: Tiene una exención de 30 UTM siendo contribuyendo exclusivo del 42 N°1 y/o pequeño contribuyente (beneficio art.57 LIR)
- APV: En el caso del régimen A, la bonificación equivale al 15% del monto ahorrado y en el caso del régimen B, el beneficio tiene que ver con que los aportes de las cotizaciones voluntarias se rebajan de la base imponible del impuesto a la renta hasta un máximo de 50 UF mensuales, con un tope máximo de 600 UF anuales
- Fondo mutuo: Al invertir aquí puedes obtener beneficios tributarios del artículo 107 y 108 de la LIR (108 de la LIR (art. 17 N°8 numeral vi) beneficio de 10 UTA para inversiones de FFMM régimen general) y regímenes APV
- Depósito a plazo: Tiene una exención de 20 UTM siendo contribuyendo exclusivo del 42 N°1 y/o pequeño contribuyente (beneficio art.57 LIR)
Otros:
- Cuenta 2, del 10%: Puedes realizar giros ilimitados, sin costos. Algunas administradoras, como AFP Capital, tienen la opción de giro fácil: Puedes realizar giros desde el sitio web o en sucursales, de hasta $300.000 diarios del ahorro, y tenerlos depositados en tu Cuenta Corriente, Cuenta Vista o Cuenta RUT dentro de 24 horas.
- Cuenta 2: Puedes realizar giros ilimitados, sin costos. Algunas administradoras, como AFP Capital, tienen la opción de giro fácil: Puedes realizar giros desde el sitio web o en sucursales, de hasta $300.000 diarios, y tenerlos depositados en tu Cuenta Corriente, Cuenta Vista o Cuenta RUT dentro de 24 horas.
- APV: Se puede realizar APV en múltiples alternativas de inversión como en FFMM, Plataformas internacionales, seguros, fondos de inversión, acciones, etc
- Fondo mutuo: Puedes invertir desde montos muy bajos y el inversor puede rescatar en cualquier momento su capital, ademas de contar con múltiples alternativas
- Depósito a plazo: Es un procedimiento rápido y sencillo. Se realiza de forma online.