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Bancada senatorial DC presenta proyecto de retiros permanentes de las AFP

La iniciativa propone fijar los giros desde los ahorros previsionales, pero bajo criterios acordados con la Superintendencia de Pensiones.

Ximena Rincón / Agencia Uno Ximena Rincón / Agencia Uno

Este martes, los senadores de la Democracia Cristiana, Ximena Rincón, Matías Walker y Pedro Araya, presentaron un proyecto de reforma constitucional que permite realizar retiros de manera permanente desde las cuentas de ahorro de fondos de pensiones.

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La iniciativa propone una lógica focalizada, en la que se puedan realizar estos giros siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos previamente acordados con las entidades previsionales y con usos determinados.

Esta propuesta se suma a la alternativa presentada por el Gobierno de Gabriel Boric, la que también pone en discusión fijar este mecanismo bajo criterios de “seguridad social”, buscando frenar así el proyecto del quinto retiro.

¿Quiénes pueden acceder al “retiro acotado”?: los detalles del proyecto que presentó el GobiernoOpens in new window ]

En concreto, el texto presentado por la bancada senatorial de la DC señala que “podrá efectuarse uno o más giros de fondos previsionales de la cuenta obligatoria de fondos previsionales del sistema privado de pensiones”.

La Superintendencia de Pensiones dictará las normas necesarias para regular los procedimientos a que se sujetarán los giros excepcionales de los fondos de pensiones regulados en este artículo. Con todo, corresponderá al peticionario acreditar la causal que invocar”, precisa el proyecto.

Los requisitos

Según la iniciativa, las personas que podrían acceder a estos retiros fijos son:

  • Beneficiarios de la ley 20.850, que crea un sistema de protección financiera para diagnósticos y tratamientos de alto costo: Este grupo podrá efectuar retiros sucesivos de hasta el 10% de los fondos acumulados, con el objetivo de cubrir el tratamiento.
  • Las personas que necesiten financiar el pie de un crédito hipotecario: En este caso se debe tratar de la compra o construcción de una primera vivienda, y se podrá extraer hasta el 10% del monto de la infraestructura, con un límite de 220 UF.
  • Quienes mantengan obligaciones alimentarias pendientes: El juzgado de familia competente podrá autorizar al alimentario pagarse las pensiones alimenticias morosas con cargo de los fondos previsionales del deudor, con un tope de hasta el 50% de los ahorros acumulados en su cuenta.

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