Noticias

“Relación con actividades delictivas”: Bancos defienden cierre de cuentas a Nicolás López

Entidades bancarias argumentaron postura, tras recurso de protección presentado por abogada Paula Vial.

El cineasta nacional, a través de su defensa, presentó un recurso de protección en contra de Banco de Chile e Itaú, asegurando que la determinación de ambas entidades respecto de los productos contratados "es una decisión unilateral que estaría vulnerando sus derechos fundamentales". Sin embargo, en los respectivos informes remitidos por los abogados de dichas firmas, aseguran que todo está en regla y que están facultados contractual y reglamentariamente para cerrar unilateralmente los productos bancarios ante sentencias condenatorias por delitos sexuales.
Nicolás López

El cineasta condenado por abusos sexuales, Nicolás López, al parecer deberá seguir sin poder operar con las cuentas bancarias que tenía en Banco de Chile e Itaú, puesto que las entidades se mantuvieron firme en su decisión de negar el acceso del director de “Qué pena tu vida”, debido a sus antecedes relacionados con “actividades delictivas”. Así lo explicaron, según reveló La Tercera PM.

PUBLICIDAD

“Es imposible y se encuentra prohibido para el banco seguir operando con el recurrente, pues este incurre en una causal expresa de prohibición de operar, esto es, haber tenido relación con actividades delictivas. Las figuras o conductas proscritas por la Política de Prevención no están diseñadas bajo una lógica de peligro concreto, sino sobre la noción de riesgo involucrado en cada una de estas conductas”, indicó Itaú.

Meses atrás, su abogada, Paula Vial, presentó un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago, señalando que la medida es un “acto ilegal y arbitrario consistente en haber puesto término en forma unilateral, sin motivo ni expresión de causa, a los contratos de cuenta corriente bancaria que se mantenían vigente con dichas instituciones, así como a las líneas de crédito y tarjetas de crédito asociadas a las mismas”.

Ante esto, Banco de Chile también argumentó su decisión, señalando que “Banco de Chile se encontraba facultado contractual y reglamentariamente para cerrar unilateralmente la cuenta corriente del recurrente y sus productos asociados, así como la cuenta corriente de la sociedad Producciones Dobleverso Limitada; encontrándose, además, estipulado y regulado el procedimiento aplicable para que esa decisión unilateral produzca todos sus efectos”, precisaron.

“No se trata de potestad sancionatoria”

Y esa medida, se concretó luego que Nicolás López fuera declarado culpable de delitos de abuso sexual. Aunque, la firma aclaró que no se trata de una “potestad sancionatoria”, porque tampoco les “corresponde al banco juzgar las actuaciones”. Solo fue un tema “contractual y reglamentario”.

“Durante el primer semestre del año en curso, mi representado (Banco de Chile) tomó conocimiento mediante información pública disponible que el Sr. López había sido declarado culpable por el Tribunal Oral en lo Penal de Viña del Mar, de dos delitos de abuso sexual, condenándose al recurrente el 15 de mayo pasado a la pena de 5 años y 1 día de presidio efectivo; razones que, conforme la cláusula acordadas por las partes, justificaban el término de los contratos de cuenta corriente”, sostuvieron.

PUBLICIDAD

Tags


Lo Último