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El suspendido alcalde Jorge Sharp se defiende, pero también hace una autocrítica

Edil porteño dijo que no es responsable de lo que se le acusa, aunque admitió que no captó a tiempo el problema.

Fotografía de Aton Chile.
El alcalde de Valparaíso fue suspendido durante un mes, periodo en el que cobrará la mitad de su sueldo. (CRISTOBAL BASAURE/ATON CHILE/CRISTOBAL BASAURE/ATON CHILE)

En un live en las redes sociales de la Municipalidad de Valparaíso, el sancionado alcalde porteño Jorge Sharp se refirió ayer a la suspensión por un mes y a la resta de la mitad de su sueldo durante ese periodo, lo que que le afecta luego de que el Tricel ratificara el martes irregularidades en un par de liceos de esa comuna, las que como autoridad no supervigiló.

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Fueron seis los concejales que en 2019 presentaron reclamos contra el alcalde por notable abandono de deberes y faltas a la probidad.

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“Estoy muy tranquilo, pues tengo la convicción de lo robusto y fuerte que es nuestro proyecto... La causa de la sanción no fue generada esta administración. Empezó con el exalcalde Hernán Pinto (DC ya fallecido, edil de 1990 a 2004) y luego se institucionalizó con el exalcalde Jorge Castro (UDI, edil de 2008 a 2016). Nosotros no creamos esta irregularidad”, dijo Jorge Sharp, quien el último sábado sufrió además el robo en su hogar de algunos artículos electrónicos.

Y añadió que “si nos cabe una autocrítica frente a lo sucedido, es que quizás no nos dimos cuenta con el tiempo inmediato del problema que existía en esos dos liceos... No hay que olvidar que el objetivo de esta acusación era muy claro: lograr mi destitución, porque con eso ellos (los concejales) podían volver”.

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MENOS CARGOS QUE LOS INICIALES

El Tricel dio por acreditados nueve subcargos contra Jorge Sharp, alcalde de Valparaíso desde fines de 2016, pero no ameritaban su destitución.

Se constató que en el Liceo Técnico de Valparaíso y en el Liceo Técnico Profesional María Luisa Bombal, bajo la administración de la Corporación Municipal de Valparaíso para el Desarrollo Social, hubo actividades productivas ajenas a la enseñanza: servicios de fotocopiado, reventa de ropa comprada en el comercio, venta de colaciones, implementación de música e iluminación en eventos, reventa de alimentos adquiridos a empresas particulares, entre otras. Y por ello el alcalde fue sancionado

Hubo una sentencia exculpatoria que benefició a Jorge Sharp, pero tras la queja de los exconcejales se llegó al fallo conocido antes de ayer.

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Manuel Villarroel, abogado de Jorge Sharp, explicó en el live que “acá no hubo notable abandono de deberes. sino que abandono de deberes... De los 35 cargos iniciales imputados al alcalde solo quedaron nueve, y los más graves fueron desestimados. Y de los nueve que quedaron, seis son de los periodos anteriores y dos son irrisorios”.

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VOCES DE LOS ACUSADORES

Dos de los exconcejales que acusaron a Jorge Sharp valoraron lo decidido por el Tricel.

El DC Marcelo Barraza indicó que “esto es un hito histórico para la ciudad, pues nunca se había sancionado a un alcalde con un mes de suspensión por no supervigilar lo que debía. Se comprueba que hubo faltas administrativa y de probidad”.

Y el UDI Carlos Bannen dijo que “esta sanción es la segunda más gravosa del estatuto administrativo para funcionarios municipales. El Tricel estuvo muy cerca de decretar la destitución, lo que es un tirón de oreja para su gestión”.

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QUÉ ES EL ABANDONO DE DEBERES

Rosa Fernanda Gómez, académica de la Facultad de Derecho de la Universidad de Los Andes, explicó lo que significa el cargo de abandono de deberes que se le imputa al alcalde porteño Jorge Sharp.

“Se trata de un concepto jurídico indeterminado, que hace referencia al incumplimiento de los deberes y de las obligaciones que tanto la Ley Orgánica de Municipalidades u otra ley le imponen a los alcaldes”, dijo la académica.

La especialista agregó que esas tal incumplimiento edilicio abarca “no hacer entrega del acta de traspaso de la gestión realizada, que de forma reiterada la autoridad no pague íntegra y oportunamente las cotizaciones previsionales correspondientes a sus funcionarios o a trabajadores, y la fijación de la nueva planta sin considerar una proyección de ingresos y gastos para la municipalidad, entre otros puntos”.

“También se ha señalado que deben concurrir los elementos de gravedad y de reiteración en el tiempo para que se configure dicha figura (del abandono de deberes)”, cerró Rosa Fernanda Gómez.

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