Si bien en un principio el senador Javier Macaya aseguró no haber sido parte de la defensa en el juicio a su padre, quien fue condenado a seis años de presidio por el delito de abuso sexual reiterado, una revisión del fallo judicial en esta causa da cuenta de que, en realidad, sí participó como testigo.
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Esta afirmaciones las realizó el parlamentario en el programa “Mesa Central”, de Canal 13, junto a otras declaraciones sobre la situación de Eduardo Macaya, su padre, que provocaron revuelo y terminaron presionando para que renunciara a la presidencia de la UDI.
En el fallo judicial, al cual tuvo acceso Mega Investiga, Javier Macaya tuvo un rol en la estrategia de defensa de su padre, liderada por el exfiscal Sergio Salas, en calidad de testigo, lo que significó que declarara durante el proceso judicial.
“Niña agrandada”
A diferencia de sus hermanos- Constanza y Eduardo-, quienes declararon en el juicio como testigos de la Fiscalía, el senador Javier Macaya fue el único hijo que presentó el equipo jurídico de su padre, y en este rol habría realizado “cuestionamientos respecto de la conducta” de una de las víctimas, describiéndola como “niña agrandada”.
Cabe señalar que estos cuestionamientos a una de las víctimas fueron efectuados por los tres hijos del empresario agrícola Eduardo Macaya Zentilli.
En un párrafo del fallo unánime, escrito por los magistrados López y Ruiz, da cuenta de tales objeciones. Si bien el fragmento fue modificado por el citado medio para proteger la identidad de las víctimas, el resto del escrito se reproduce textual.
“Cabe hacer presente que, tanto el acusado como los hijos de éste, Constanza, Eduardo y Javier (...) efectuaron cuestionamientos respecto de la conducta de NN. Fue así como señalaron que es una niña “agrandada”, pues desde pequeña usaba teléfono celular, tenía Instagram, hacía Tik Tok bailando y publicó en una red social una fotografía en la que aparecía con un pañuelo verde apoyando la causa proaborto. Agregó el acusado que en una ocasión la vio haciendo un gesto (obsceno)”, se lee en la sentencia.
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El tribunal desestimó tales argumentos por considerar que estas objeciones “resultaron irrelevantes al momento de ponderar” el relato de la víctima en su calidad de “creíble”.
De esta forma, los magistrados en la causa llegaron a la conclusión de que “dicha información no condujo a una conclusión distinta a la arribada por el tribunal (...) dieron cuenta de prejuicios, que pudieron explicarse por los intentos de la familia del acusado de desprestigiar, no solo el contenido de la información, sino la persona de la cual emanaba”.