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Aumento del salario mínimo pasa a comsión mixta

La iniciativa legal abarca también el reajuste de la asignación familiar y maternal y el subsidio único familiar.

Luego que la Sala de la Cámara de Diputadas y Diputados rechazara dos puntos relacionados con el Fondo de Formación Sindical y Relaciones Laborales Colaborativas aprobado en el Senado, el proyecto de ley deberá pasar a comisión mixta para resolver esas discrepancias, ya que los montos de reajuste no fueron modificados.

La iniciativa legal que ingresó a trámite el pasado viernes 2 de mayo, reajusta el monto del ingreso mínimo mensual, la asignación familiar y maternal, el subsidio único familiar y modifica otras leyes.

Entre los puntos que sí fueron ratificados, está una nueva obligación de información para el Ejecutivo, que “exigirá a los ministerios del Trabajo y de Hacienda presentar a las comisiones respectivas de la Cámara y el Senado un análisis del impacto de los incrementos del ingreso mínimo en el empleo formal. Igualmente, respecto de la informalidad laboral y la estructura salarial nacional. Para esta tarea se entrega un plazo de ocho meses, contado desde la publicación de la presente ley”, señalaron desde la Cámara.

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Asimismo, se informó que “en lo medular, el grueso del proyecto no sufrió modificaciones, conservándose los guarismos aprobados por la Cámara”.

Aumento en tramos

Según se establece en el proyecto de ley, el reajuste del ingreso mínimo se hará en dos tramos, el primero a contar del 1 de mayo de 2025 y el segundo desde 1 de enero de 2026.

De esta forma, se detalló que las nuevas cifras para los trabajadores mayores de 18 años y hasta de 65 años será de $529 000 y $539.000, respectivamente.

En el caso de los menores de 18 y mayores de 65 años, en tanto, el incremento es de $394 622 y $402 082, respectivamente. Mientras que para efectos no remuneracionales el reajuste será de $340 988 y $347 434, respectivamente.

De igual modo, se conservan los montos para la asignación familiar y maternal, así como del Subsidio Único Familiar (SUF), aplicables retroactivamente al 1 de mayo.

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