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Corte de Apelaciones de Concepción confirmó absolución del tío de Tomás Bravo por el delito de abandono de menor con resultado de muerte

Se rechazó unánimemente el recurso de nulidad que fue presentado por la Fiscalía de Biobío.

Corte de Apelaciones de Concepción | Captura: Canal de Youtube del Poder Judicial
Corte de Apelaciones de Concepción Captura: Canal de Youtube del Poder Judicial

La Corte de Apelaciones de Concepción rechazó de manera unánime la solicitud de nulidad que fue hecha por la Fiscalía de Biobío en el caso de la muerte de Tomás Bravo. Esto ratificó la decisión dictada por el Tribunal Oral en lo Penal de Cañete que absuelve al tío de Tomás Bravo, Jorge Escobar Escobar, como autor del delito de abandono de menor con resultado de muerte.

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Dicha sentencia es inapelable, por lo que el Ministerio Público no puede interponer otro recurso para impedir que se ratifique la absolución de Escobar. De este modo, se agotaron las opciones de la Fiscalía para revertir el fallo, en donde se apuntó que hubo falencias en la investigaciones.

Una de las fallas que se estimó que se realizó en la indagatoria fue no investigar a un presunto desconocido que apareció en un video que registró el momento de la desaparición del menor, de acuerdo a lo consignado por La Tercera.

A pesar de esto, la Fiscalía de Los Ríos mantiene una investigación abierta no formalizada para poder esclarecer la desaparición y posterior muerte del menor hace cuatro años. Sin embargo, Escobar no podría enfrentar un nuevo proceso.


El menor desapareció durante la jornada del 17 de febrero de 2021 en la Ruta P-40 ubicado en el sector del puente El Molino de Caripilún de la Región del Biobío. El cuerpo de Tomás Bravo fue encontrado el 26 de febrero del mismo año, en una zanja al costado de un predio a dos kilómetros de su hogar.

Absolución del tío de Tomás Bravo

El pasado 2 de julio, el Tribunal en lo Oral de Cañete se pronunció respecto del juicio en contra de Jorge Escobar, tío abuelo de Tomás Bravo, niño desaparecido y hallado muerto en 2021, quien finalmente fue absuelto en la instancia legal del delito de abandono de menor con resultado de muerte.

En la resolución del tribunal se desestimaron los alegatos de la abogada Madeleine Gacitúa, patrocinante del padre del menor, Moisés Bravo, quien había asegurado en los alegatos que independiente de la causa de muerte del niño, el delito de “abandono del menor sí se había configurado” por los primeros testimonios de Escobar, quien reveló que su sobrino-nieto se extravió -en febrero de 2021- en el momento en que ambos fueron a buscar animales a un campo cercano a su residencia.

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Precisamente ese argumento del imputado fue uno de los puntos a considerar por el magistrado del tribunal, quien consideró plausible que el pariente del menor “en ningún momento abandonó al pequeño”, considerando que la práctica de “ir a buscar animales con niños es una tradición en el campo”.

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