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Nuevo revés para deudores CAE: Corte de Valparaíso ratifica legalidad de embargos de TGR

El tribunal sostuvo que, una vez que el deudor incumple sus obligaciones y se activa la garantía estatal, la Tesorería tiene el mandato legal de recuperar los recursos públicos mediante el procedimiento de cobro contemplado en el Código Tributario.

Tesorería por CAE
Tesorería por CAE Tesorería

La Corte de Apelaciones de Valparaíso rechazó de manera unánime cuatro recursos de protección presentados por deudores del Crédito con Aval del Estado (CAE), ratificando la legalidad de las cobranzas coactivas realizadas por la Tesorería General de la República (TGR).

Entre las acciones desestimadas figura la causa Rol N° Protección-3249-2026, en la que el recurrente sostenía que la TGR actuaba de forma ilegal al utilizar el procedimiento ejecutivo establecido en el Código Tributario para emitir requerimientos de pago y decretar embargos. Según el reclamante, las deudas asociadas al CAE tienen una naturaleza civil y no tributaria.

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Sin embargo, los ministros de la Quinta Sala concluyeron que no existe arbitrariedad en el actuar del organismo fiscal. El tribunal sostuvo que, una vez que el deudor incumple sus obligaciones y se activa la garantía estatal, la Tesorería tiene el mandato legal de recuperar los recursos públicos mediante el procedimiento de cobro contemplado en el Código Tributario.


La resolución se suma a recientes fallos emitidos por la Corte de Apelaciones de Arica y a más de 450 recursos de protección que, hasta la fecha, han sido declarados inadmisibles por la Corte Suprema en causas relacionadas con el cobro de deudas del CAE.

Asimismo, la justicia ha sostenido de manera reiterada que el recurso de protección no constituye la vía adecuada para discutir la naturaleza jurídica de estas obligaciones ni para cuestionar el procedimiento o el tribunal competente para llevar adelante su cobro.

Tras la resolución, la Tesorería General de la República reiteró el llamado a quienes mantienen deudas asociadas al Crédito con Aval del Estado a informarse sobre su situación y regularizarla a la brevedad a través de los canales oficiales del organismo o en sus oficinas regionales y provinciales.

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