El Gobierno profundizó los alcances del Registro de Vándalos e Incivilidades anunciado por el Presidente José Antonio Kast durante su Cuenta Pública, iniciativa que busca identificar a personas que hayan sido sancionadas por hechos que alteren la convivencia ciudadana o dañen bienes públicos y privados.
La autoridad explicó que la propuesta comenzó su tramitación en la Cámara de Diputadas y Diputados y manifestó su expectativa de que la discusión legislativa se inicie durante esta semana. “Ingresó por la Cámara y se tiene que dar cuenta en la Sala esta semana, para luego pasar a las comisiones respectivas”, señaló Pavez en entrevista con Mesa Central de Tele13.
El Mercurio publicó este lunes los detalles del proyecto que ya está en el Congreso.
¿Qué conductas contempla el Registro de Incivilidades y Actos Vandálicos?
El proyecto de ley impulsado por el Gobierno establece dos grandes categorías de conductas que podrían derivar en la incorporación de una persona al denominado Registro Único de Incivilidades y Actos Vandálicos.
La primera corresponde a los actos vandálicos constitutivos de delito. En este grupo se incluyen acciones como la destrucción o daño de bienes públicos, la realización de rayados no autorizados, los ataques a monumentos nacionales, la provocación de incendios y el uso de artefactos explosivos o incendiarios. También considera delitos vinculados al tráfico de drogas y la participación en organizaciones dedicadas al comercio ilegal, además de amenazas o agresiones contra funcionarios públicos, entre ellos carabineros, fiscales, defensores penales y trabajadores de los sistemas de salud y educación.
La segunda categoría reúne una serie de incivilidades consideradas de menor gravedad, las que serían sancionadas por juzgados de policía local o tribunales de garantía. Entre ellas figuran la evasión del pago del transporte público, el consumo de alcohol o drogas en espacios públicos, la venta ambulante de alimentos sin autorización municipal y el cierre o bloqueo de accesos a playas, lagos o ríos.
Asimismo, el proyecto contempla sanciones para quienes bloqueen calles o interrumpan el tránsito, generen desórdenes en espectáculos públicos o participen en carreras clandestinas de vehículos.
Cómo funcionará el registro
La iniciativa establece que el registro será administrado por el Servicio de Registro Civil e Identificación y tendrá carácter público. No obstante, la incorporación de una persona solo podrá efectuarse mediante una resolución judicial.
Según el texto, cualquier ciudadano podrá consultar si una persona se encuentra inscrita en el registro, previa identificación y con un límite máximo de cinco consultas anuales. En el caso de menores de edad, la información permanecerá bajo reserva.
Las inscripciones tendrán una duración determinada. Para quienes hayan sido condenados por actos vandálicos, la permanencia será de cinco años, plazo que se reducirá a dos años cuando se trate de infractores menores de 18 años. En el caso de las incivilidades, la vigencia será de un año. Si durante ese período la persona vuelve a cometer una conducta sancionada, el plazo podrá extenderse. Una vez cumplido el tiempo establecido, la inscripción será eliminada automáticamente.
Las consecuencias de figurar en el registro
El proyecto señala que las consecuencias asociadas a la inscripción serán de carácter administrativo y temporal. Mientras una persona permanezca en el registro, no podrá postular a subsidios habitacionales o de arriendo, acceder a determinadas becas o beneficios estudiantiles, participar en algunos fondos concursables financiados por el Estado ni mantener ciertos beneficios tarifarios en el transporte público.
Además, se restringirá la obtención o renovación de licencias de conducir y pasaportes, así como la inscripción de vehículos y propiedades. También se contempla la prohibición de asistir a espectáculos masivos y partidos del fútbol profesional.
Para determinados delitos establecidos en la ley y en casos de reincidencia, la propuesta incorpora sanciones adicionales, entre ellas la suspensión temporal del acceso a la gratuidad en la educación superior y a la Pensión Garantizada Universal (PGU).
De ser aprobada por el Congreso, la normativa comenzará a regir tres meses después de la publicación de su reglamento, el que deberá ser dictado dentro de los tres meses siguientes a la entrada en vigencia de la ley.
