A finales de mayo, se dio a conocer una querella interpuesta en contra de la astróloga influencer, Miau Astral (Consuelo Ulloa), quien fue acusada de acoso por el músico, Sergio Infante.
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Esta historia llegó a su fin este jueves 10 de octubre, tras el ordenamiento de la Corte de Apelaciones de Santiago a la tarotista para que se abstenga de enviar correos electrónicos al querellante, y hacer publicaciones en su contra a través de sus redes sociales.
Un par de citas terminó en un hostigamiento de parte de la tarotista, quien lo inundó con correos electrónicos cuyos tonos iban de lo romántico a lo agresivo; insultos, diagnósticos psiquiátricos amateurs y sueños “místicos”. Posteriormente, ella lo terminó “funando” a través de sus redes sociales, en donde lo denunció por daño a su salud mental e “irresponsabilidad afectiva”.
Ante estos antecedentes, la Corte señaló que estos actos perturban y atentan “en contra de las garantías a la integridad psíquica y a la honra del recurrente, consisten en una serie de acciones de acoso sistemático, hostigamiento, persecución, funa social y difusión de mentiras”.
Estos actos no fueron negados por Consuelo Ulloa, lo que contradicen sus declaraciones previas. Ella se defendió señalando que sus descargos no vulneran derechos fundamentales (a la honra e imagen) del querellante. Además, argumentó que dichas publicaciones ya no están en libre acceso al público.
El acoso de Miau Astral
La Corte de Apelaciones declaró que es un hecho acreditado que Consuelo envió correos de manera masiva y realizó publicaciones en contra de Sergio Infante. La entidad señaló que pudieron comprobar que los correos ascienden a casi 100 mensajes en un breve lapso de tiempo, llegando a enviar 12 en un día. Los textos no eran respondidos por el querellante, salvo en dos ocasiones donde le pidió que terminara con el acoso.
“Se puede constatar una reacción y un comportamiento inadecuado y abusivo por parte de la Sra. Ulloa Bittar, y del contenido de los correos remitidos por ésta, se ha podido verificar que en gran parte de ellos la recurrida utiliza un lenguaje impropio, grosero, denostativo, humillante y vulgar en contra del Sr. Infante”.,
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“Atendido lo reiterativo de los mismos buscan afectar y perturbar la integridad psíquica del protegido, más aún cuando en varios de ellos refiere a patologías psicológicas y psiquiátricas que padecería el recurrente, que de manera reiterada se los representa en las comunicaciones que envía”.
Por otro lado, con respecto a su uso de las redes sociales para efectuar este acoso, Consuelo señaló sobre el querellante que “un psicópata se enamoró de mí; narciso; jalero violento; hijo al que intentaron abortar 3 veces; hijo odiado; soberano conchetumare; enfermo; entre otras”.
Un resolución en contra de las “funas”
Con respecto al acto de “funar” a Sergio Infante, la Corte de Apelaciones declaró que “resulta ilegal que la recurrida advierte por medio de una red social a terceros ajenos un actuar reprochable, y en algunos aspectos supuestamente inmoral e ilegal del recurrente”.
“Con ello se ha visto afectada la integridad psíquica y la honra del recurrente atendido el alcance que poseen las redes sociales, no solo por publicar su nombre y el nombre de usuario en la red social Instagram, sino que también por publicar su imagen”, añadieron.
El fallo apuntó a la masividad e inmediatez de las redes sociales como características positivas de la misma. Sin embargo, hay personas que considerando estas virtudes, la mal utilizan para realizar “funas”, en donde se expone el accionar de terceros, con el fin de afectar su “buen nombre”, y lograr un rechazo generalizado hacia dicha persona.
La Justicia hizo hincapié que este acto crea “una colisión entre dos garantías constitucionales, a saber, entre el derecho a la honra y el derecho a la libertad de expresión, las que deben ser debidamente ponderadas”.
“Sobre el particular conviene tener presente que el derecho a la honra engloba el ‘derecho al buen nombre’ y el ‘derecho a la imagen’ consistentes en el concepto que del individuo tienen los demás miembros de la sociedad en relación con su imagen, comportamiento, condiciones humanas, honestidad, decoro, profesionales y calidades”.
“Derecho personalísimo que puede verse afectado cuando se publican en una red social afirmaciones que producen descrédito a su respecto, que distorsionan el concepto público que se tiene del individuo y que, por lo tanto, tienden a socavar el prestigio y la confianza de los que disfruta en el entorno social en cuyo medio actúa”.
La reacción de las partes involucradas
Sergio Infante entregó sus impresiones a La Tercera, en donde declaró que “espero que este fallo más allá de aliviar mi vida y darme un poco de tranquilidad a mí y a algunas víctimas con las que he conversado, que también genera eso, siente un presente en lo que respecta al ciberacoso, porque ya sabemos que la Corte puede poner un freno a este tipo de conductas abusivas”.
Con respecto a “Miau Astral”, él señaló que “es la peor persona con la que me he encontrado en mi vida y espero que este fallo la haga pensar dos veces antes de propiciar situaciones a su conveniencia para poder desatar su conducta, a esta altura no sé si malvada o enferma, de acosadora. Y que ojalá frene y así se eviten futuras víctimas de su actuar”.
Por su parte, Consuelo Ulloa hizo una declaración pública en su red social y escribió que “lo que yo publiqué corresponde a hechos que me narraron otras mujeres respecto al actuar irresponsable de quién me denunció”.
“No obstante, el fallo no habla del acoso que he recibido yo luego de este escándalo; de las notas de prensa donde se me ha denigrado o caricaturizado, ni menciona las groserías que he recibido en mis redes sociales, incluyendo acoso sexual. Todas ellas son públicas y pudieron haber sido vistas en ocasión de este proceso”.
“Es lo que nos ocurre a las mujeres cuando denunciamos, cuando nos atrevemos a hablar de las violencias que los hombres ejercen en contra de nosotras. Pero respeto a la justicia y las instituciones, y por tanto acataré el fallo sin apelar”.
“No me interesa seguir dándole vueltas a una relación de pareja que está superada en mi vida. Si bien sostengo que el daño que se me ha causado ha sido mayor, quiero cerrar este capítulo doloroso en mi vida, y seguir adelante”, cerró.