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Lo que viene para los afiliados a Isapres luego de pase al alza de precios de sus planes

Después del “Supremazo” del 18 de agosto, las aseguradoras debieron justificar de nuevo el incremento de sus valores.

Fue con fecha 16 de septiembre de 2022 -el viernes de la semana pasada, día en el que gran parte del país tenía la mente y el ánimo puestos en las Fiestas Patrias extralargas que pudieron ser celebradas casi como hasta antes de la pandemia de coronavirus- cuando la Superintendencia de Salud informó acerca de “los resultados de verificación del porcentaje de adecuación del precio base” de los planes de las seis Isapres abiertas que dan vida a su Asociación.

En sencillo, se dio cuenta del porcentaje que las aseguradoras podían incrementar sus valores luego del bombazo del pasado jueves 18 de agosto, jornada en la que la Tercera Sala de la Corte Suprema acogió doce recursos de protección presentados en contra de las alzas anuales de Consalud, Colmena, Cruz Blanca, Vida Tres, Banmédica y Nueva Más Vida, y por eso quedó detenido el reajuste 2022 fijo del 7,6% aplicado por esas Isapres, lo mismo que pasó en 2021 y en 2020.

La resolución de la Corte Suprema además las obliga universalmente a devolver como excedentes lo que alcanzaron a cobrar de más, y también a restituir sus antiguos planes a quienes los cambiaron o bien se fueron del sistema por el alza.

Isapres de Chile

CUÁNTO PODRÁN SUBIR LOS PLANES

La Superintendencia indicó en su texto del viernes de la semana pasada que “el proceso de verificación ha arrojado una variación del costo operacional promedio detallado de la siguiente forma: Colmena, un 6,6%; Cruz Blanca, un 4,3%; Vida Tres, un 1,4%; Nueva Más Vida, un 7,8%; Banmédica, un 5,6%, y Consalud, un 14,4%... Las Isapres que alcanzaron un valor superior al Indicador de Costos de la Salud del Sistema de Isapres, ICSA, que fue establecido en 7,6% (Consalud y Nueva Más Vida) deberán ajustar sus alzas hasta dicho valor”. Y el resto podrá hacerlo según el detalle verificado.

El abogado Carlos Verri, de Abogados Isapre, dijo que “si alguna aseguradora impone a sus afiliados un alza mayor a la establecida como costo operacional, se fundamenta el establecimiento de ella como motivo plausible para interponer un recurso de protección”.

“Con ello, se tiene la mayor posibilidad de ser acogido por la Corte de Apelaciones en una primera instancia y por la Corte Suprema en una eventual apelación y resolución final”.

Y su colega Rocío Mena, de Total Abogados, sostuvo que “hay que recordar que siempre existe la posibilidad de recurrir a un recurso de protección, en cualquier caso en el que uno se sienta perjudicado en su derecho de propiedad”.

“Por eso no veo impedimento en hacerlo si un afiliado lo considera, pero habría que ver cuál será la tendencia de las cortes y también de la Corte Suprema, pues se basaría en un antecedente nuevo. Pero creo que con esta circular de la Superintendencia, bastaría con la reclamación directa ante la Isapre o ante la propia Superintendencia”.

TIRA Y AFLOJA ENTRE LA SUPERINTENDENCIA Y LAS ASEGURADORAS

Son cerca de cuatro millones de personas las que se atienden en el sistema privado, por eso el tema es seguido por interés.

El superintendente de Salud, Víctor Torres, manifestó en el comunicado de la semana anterior del organismo que encabeza que “se estableció un nuevo plazo para que las Isapres comunicaran el porcentaje de alza al precio base de sus planes de salud y los antecedentes que la fundamentan... La verificación (por parte de la Superintendencia) se efectuó constatando los antecedentes entregados por las Isapres con los que disponíamos para el proceso de adecuación 2022″.

Desde la Asociación de Isapres, obviamente, se mostraron en desacuerdo con la determinación de la Superintendencia, indicando que afecta a la sobrevivencia del sistema de salud privado.

“Con su decisión, la Superintendencia de Salud socava el ya deteriorado funcionamiento del sistema y eleva la incertidumbre sobre su viabilidad, al impedir que las Isapres apliquen el reajuste necesario para mantener sus operaciones”, fueron los dichos de la organización.

Las aseguradoras tienen plazo hasta el domingo 25 de septiembre para notificar del alza a sus afiliados, quienes tendrán la chance de oponerse hasta el miércoles 5 de octubre por medio de un cambio de plan o de la desafiliación.

Cabe recordar que quedaron determinadas las fechas de devolución como excedentes de lo ya cobrado como alza: en octubre para junio, en noviembre para julio y en diciembre para agosto.

Si el afiliado no usa esos montos para comprar bonos o remedios, la aseguradora deberá devolver ese dinero en enero de 2023 con una transferencia electrónica o directamente en una oficina.

LO QUE VIENE PARA EL SISTEMA PRIVADO DE SALUD

Pablo Celhay es académico del Instituto de Economía de la Universidad Católica, y se especializa en Economía de la Salud.

Desde su conocimiento, explicó que “en el marco de la reforma de salud del Gobierno, creo que vamos hacia un Seguro Único de Salud, pero será paulatinamente, en etapas. Y la única posibilidad que tendrían las Isapres de seguir operando es convertirse en seguros complementarios”.

Respecto de las declaraciones de la Asociación de Isapres en el sentido de que pueden quebrar, el especialista dijo que “es creíble que hablen de un alza de gastos y que por ello en el largo plazo podrían quebrar. Por eso hay una ley (la 21.350, promulgada el 9 de junio de 2021) que les permite hacer reajustes unilaterales luego de la revisión de la Superintendencia.

Las Isapres sostienen que en todo 2021 y en los primeros seis meses de este año sus pérdidas llegan a 213 mil millones de pesos, algo que Pablo Celhay sostuvo que puede puede entenderse “porque ha habido alzas sostenidas y rápidas en los últimos años por sobreuso o abuso de licencias médicas, enfermedades crónicas no transmisibles, patologías asociadas a la obesidad y más demanda de salud mental. Lo mismo pasa en Fonasa, pero no se habla de ello pues casi el 75% de sus gastos son financiados con impuestos generales”.

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