Tacómetro

ABI a.g. manifiesta preocupación por la implementación del nuevo Decreto 83 en el transporte de pasajeros

La Asociación Gremial Nacional de buses interprovinciales, internacionales e industriales, ABI a.g., advierte sobre los desafíos operativos que enfrenta la industria para cumplir con las nuevas exigencias de identificación de pasajeros y equipaje, establecidas por el Decreto 83 de 2023 del MTT. A pesar de apoyar el objetivo de mejorar la seguridad, la gremial solicita ajustes para una aplicación efectiva y eficiente.

Inquietud en la ABI
Inquietud en la ABI

La Asociación Gremial Nacional de buses interprovinciales, internacionales e industriales, ABI a.g., ha expresado su inquietud por la implementación del nuevo Decreto 83, que exige la identificación de pasajeros, maletas y asientos en sus servicios.

Según Carolina Navarrete, gerente general de ABI a.g., la modificación al Decreto 212 introducida por el Decreto 83 de 2023 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones (MTT) se dictó sin considerar su operatividad, lo que ha generado dificultades para su aplicación eficiente en el corto plazo. Esta regulación, aunque bien intencionada, presenta desafíos significativos para su implementación.

Inquietud en la ABI
Inquietud en la ABI

Apoyo al objetivo de seguridad, pero con desafíos

ABI a.g. está de acuerdo con el objetivo de la nueva normativa, que busca reducir el transporte de artículos prohibidos en los buses. Sin embargo, la experiencia de las empresas asociadas revela que “aún no existen las condiciones necesarias para cumplir completamente con esta normativa”, según señala.

Carolina Navarrete destacó la importancia de vincular la implementación de esta normativa con la emisión de pasajes nominativos y la obligación de verificar la identidad de los pasajeros mediante cédula de identidad o pasaporte. Además, subrayó la necesidad de mejorar las normas de seguridad en los terminales nacionales.

Lo que dice el Decreto 83

El Decreto 83 introdujo cambios en los procedimientos de transporte de valijas, bultos y paquetes, estableciendo que será de responsabilidad de las empresas entregar al pasajero un comprobante por cada bulto. En el caso de los servicios interurbanos de más de cinco horas, este deberá consignar el nombre del pasajero y el número de asiento.

Además, en este tipo de traslados se deberá confeccionar un listado con la nómina de pasajeros que viajan, la que también deberá incorporar el comprobante de cada bulto.

Entre los antecedentes para las modificaciones planteadas se tomó en cuenta información entregada por la Secretaría Regional Ministerial (Seremi) de Transportes y Telecomunicaciones a la Fiscalía de Calama sobre sujetos que adquieren tickets de bus, generalmente con destino a Santiago, no para viajar, sino que para cargar equipajes que en su interior contienen sustancias ilícitas.

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