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Más circulación y uso de armas: apuntan a déficit en fiscalización de la Dirección General de Movilización Nacional

En enero de este año entró en vigencia ley mejorada y ahora se exige examen siquiátrico. Pero el plan del Gobierno de llegar a “Armas Cero” es desmenuzado por expertos, quienes exigen más control.

Un plan gubernamental para controlar el uso de armas en el país anunció el jueves 19 de mayo la ministra del Interior, Izkia Siches. Y su meta es la prohibición total de las armas en civiles, como remarcó el Presidente Gabriel Boric en su Cuenta Pública.

“Nuestro programa “Menos Armas, Más Seguridad” propone la limitación radical de su acceso legal. Solicito al Congreso todo el apoyo para aprobar una Ley que nos permita avanzar hacia la prohibición total de tenencia de armas, y que al mismo tiempo fortalezca la institucionalidad a cargo de la fiscalización”, dijo el Primer Mandatario ante el Congreso en Valparaíso el miércoles 1 de junio.

En Chile opera la Ley 21.412, publicada el pasado martes 25 de enero y que cambió varios cuerpos legales, que indica que se requiere de autorización de la Dirección General de Movilización Nacional -la DGMN, un organismo asesor del Ministerio de Defensa- para la tenencia y el porte de armas.

También hay que ser mayor de edad, contar con nacionalidad chilena o residencia definitiva, tener domicilio conocido y conocimientos del manejo de armas, poseer una conducta compatible, no haber sido condenado por crimen o delito ni sancionado por violencia intrafamiliar, no encontrarse sujeto a medida de protección o cautelar, y presentar un certificado que acredite aptitudes físicas y síquicas, lo último una novedad.

El subsecretario de Prevención del Delito, Eduardo Vergara, precisa que “el foco está puesto en que vivamos en un país con menos armas, porque menos armas es sinónimo de más seguridad... La evidencia nos muestra que las sociedades con más armas son más violentas e inseguras. Y en ellas el crimen organizado le quita espacio al Estado, que es el responsable de proteger a la ciudadanía. Si la gente siente que tiene que tomar la justicia por sus propias manos y se arma, se transita a sociedades más violentas”.

“El problema no es la Ley, sino que la fiscalización de la DGMN. Hay un déficit en la gestión del control de armas por falta de personal y de presupuesto. Un dato oficial de 2019: 22 mil personas con antecedentes penales tenían armas. Se calcula que en manos de civiles hay dos millones 200 mil armas, y solo 800 mil están inscritas. O sea, están siendo entregados permisos sin cumplir la ley”, dice Iván Navas, académico de Derecho Penal de la Universidad San Sebastián y estudioso del tema.

Iván Navas añade que “hay que crear una unidad especializada a cargo del control de la inscripción y del seguimiento. Y sumar, por ejemplo, a Aduanas, pues ahora entran armas por el norte en maletas y en contenedores. La verdad es que las bandas delictuales aumentaron su poder de fuego, y el camino no es prohibir ni permitir: hay que controlar de forma efectiva y fiscalizar las armas que entran ilegalmente al país. Acá, doce de cada cien habitante tienen un arma, una cifra baja menor que en los países desarrollados. En Estados Unidos de cada cien personas, 89 tienen un arma. Pero hay que trabajar para que en Chile no siga aumentando su tenencia”.

CRÍTICAS AL DESEO DE LLEGAR A “CERO ARMAS”

David Rozowski, asesor de Seguridad y Prevención del Delito y director Ejecutivo de la Fundación Ciudadano Seguro, es claro sobre lo que planteó el Presidente en su llamado al Congreso.

“Es un exceso plantear una ley para llegar a “Cero Armas”. Primero hay que hacer una reinscripción de todas las armas que hay en Chile, tanto privadas como de las Fuerzas Armadas y las dos policías, para saber cuántas hay en verdad. Desde ahí se debe pensar por dónde se restringe. Las inscritas son casi 800 mil armas, y de ellas cien mil eran de fallecidos cuyos herederos aún no las han reinscrito. Y hay que añadir lo que circula como extraviadas y robadas, otras 80 mil”, sostiene el experto.

Cuando a a David Rozowski se le consulta sobre su percepción de lo que pasa y qué se debe hacer, precisa que “los delincuentes ya tienen armas, y las usan, modifican, venden y hasta arriendan. Utilizan su gran poder de fuego para intimidar y marcar territorio. Las consiguen en el mercado negro de armeros ilegales, de importaciones ilegales, de robos y de tráficos”.

“Lo que hay una falta de control y de inteligencia policial. Hay que potenciar la Ley con la que contamos, usar más tecnología y crear un departamento civil de control. Esa intervención bien puede depender del Ministerio del Interior, o quizás del Ministerio de Defensa. Eso funciona bien en otros países, pues además está encima de los uniformados”.

REGULACIONES EN OTROS PAÍSES

La situación de las armas en Estados Unidos reflota cada vez que hay matanzas, como la del martes 24 de mayo en un colegio primario en Texas que dejó 22 muertos: 19 niños, dos profesoras y el asesino, Salvador Ramos, de 18 años, abatido por la policía. Y desde entonces se han repetido hechos similares.

Allá existe el derecho constitucional e individual de poseerlas, a través de la Segunda Enmienda.

En Argentina, la Ley 20.429 rige el tema. Y es la Agencia Nacional de Materiales Controlados, dependiente del Ministerio de Justica, el organismo encargado de abordar las armas de uso civil. Para manejarlas hay que ser mayor de edad, presentar exámenes físicos y sicológicos, contar con un curso de manejo, comprarlas solo a un distribuidor autorizado, certificar los antecedentes penales y pedir licencia renovable cada cinco años.

En Perú existe la Ley 30.299, y la entidad fiscalizadora es la Superintendencia Nacional de Control de Servicios de Seguridad, Armas, Municiones y Explosivos de Uso Civil. En ese país, para tener armas de defensa personal hay que poseer una tarjeta de propiedad y licencia que se renueva cada dos años, ser mayor de 18 años, no tener antecedentes policiales, presentar un certificado de salud mental, y presentar una declaración jurada con los motivos para portar el arma.

Y en Brasil, el porte de armas es reglamentado por el Decreto 9.845 de la Ley 10.826. La fiscalización es tarea del Sistema Nacional de Armas, que integra la Policía Federal, que depende del Ministerio de Justicia.

En el gigante sudamericano es exigible un certificado, cuyos requisitos son tener al menos 25 años, demostrar integridad moral, no tener investigaciones policiales ni procesos penales, certificar periódicamente la capacidad técnica para manejar armas y declarar que se dispone de un lugar de almacenamiento seguro.

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